¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado? Ensayo filosófico de justificación de la praxis política

¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado? Ensayo filosófico de justificación de la praxis política

¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado? Ensayo filosófico de justificación de la praxis política

¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado? Ensayo filosófico de justificación de la praxis política
Autor Hugo Herrera Arellano
País Bandera de Chile Chile
Idioma Español
Tema(s) Filosofía política
Género No ficción
Editorial Instituto de Estudios de la Sociedad
Páginas 135
ISBN 978-956-8639-06-8

Contenido

Descripción general

¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado? es un libro sobre filosofía política escrito por el filósofo político y profesor de la Universidad de los Andes, Hugo Herrera Arellano, publicado en 2009. En ¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado? Herrera intenta una justificación filosófica de las condiciones o supuestos de una acción política con sentido. Esas condiciones son (1) la presencia de un sentido en la existencia por realizar mediante la acción; (2) el carácter precario y agresivo del ser humano, que impone el establecimiento de un orden de paz; (3) el egoísmo humano y la enajenación que genera la sociedad burguesa abandonada a si misma, enajenación que exige su superación mediante razonamientos de justicia e interés general; (4) el carácter comunitario del ser humano, a saber, que el desarrollo de capacidades constitutivas de su humanidad, como el lenguaje, exigen de colaboración dentro de ambientes donde la consideración del otro sea afectiva y no instrumental. El libro se encuentra dividido de la siguiente forma:

  • Capítulo 1: Una manera peculiar de preguntar
  • Capítulo 2: Determinación metodológica de la investigación
  • Capítulo 3: Determinación negativa de la investigación a partir de las consideraciones metodológicas
  • Capítulo 4: Sobre el empleo de la palabra Estado
  • Capítulo 5: El problema y los supuestos de lo político
  • Capítulo 6: El problema del fin de la unidad política
  • Capítulo 7: Naturaleza y política

Los primeros cuatro capítulos son introductorios. En los capítulos 5 y 6, los centrales de la obra, se analizan detenidamente los supuestos de una acción política con sentido y la justificación del Estado como unidad política, a partir de estos supuestos. Además se discute con detalle el problema del fin del Estado, si puede identificarse o no un tal fin y en qué consistiría. El capítulo 7 lo dedica Herrera a analizar el concepto de naturaleza de Rousseau y a determinar en qué medida puede complementar el concepto de naturaleza de Aristóteles para hacerse cargo del carácter cada vez más artificial que adquiere la existencia humana en sociedad.

Estado y amor: una pregunta inusual

El libro comienza con una llamativa discusión con Jean-Luc Nancy y Jacques Derrida sobre la relación entre el amor y el Estado, que ambos intentan suspender y Herrera enfatizar.

es posible afirmar que el Estado necesita amor y que el amor necesita Estado. No se identifican, de hecho aceptar al Estado supone estar dispuesto a aceptar, en casos graves, la ruptura de las relaciones amistosas y pacíficas con otro u otros. Pero se requieren.[1]

De acuerdo a Herrera el Estado supone al amor, pues solo sobre la base de un afecto compartido puede aquel sobreponerse en la crisis. Y el amor –sorprendentemente- requiere del Estado a su vez, pues su expresión, surgimiento y permanencia suponen estabilidad, orden, paz, bienes que garantiza, precisamente, el Estado. Sería necesario distinguir eso si, entre el afecto o amor privado, personal, de los amantes y el afecto al Estado y a la manera de existir que expresa. El Estado es respetuoso de la libertad cuando no exige a sus súbditos pasar por sobre el afecto privado, sino estrictamente en los casos en los que tal amor se vuelve sedicioso.

Fenomenología y praxis

Herrera explicita los supuestos metodológicos de los que sus observaciones arrancan. Los define como fenomenológicos. Se vincula así a autores como Edmund Husserl y Martin Heidegger, quienes entienden que la experiencia humana estaría originariamente constituida por un sentido práctico. Ese sentido sería el que la volvería comprensible. La ciencia natural, al prescindir de ese sentido práctico y concentrarse en los aspectos corporales físicos de la existencia, estaría reduciendo la realidad originaria. Esa reducción sería admisible, pero no en cambio el cientificismo, es decir, la posición que entiende que solo lo que descubre la ciencia natural es cognoscible y lo demás parte de una indeterminada dimensión valórica.

el “mundo” al que accedemos de la mano de la actitud objetivante, sería derivado respecto de aquél al que accedemos en la actitud práctica originaria. Esta actitud es intuitiva, es decir, nos garantiza un acceso directo a los fenómenos y, en esta medida, sería más informativa. En la actitud objetivante, en cambio, está supuesta una toma de distancia neutralizante respecto de lo originariamente accesible en el trato práctico. Recién luego de esa toma de distancia sería posible acceder a algo así como a un mundo de hechos objetivos[2]

Los supuestos de justificación del Estado

Además del reconocimiento de un sentido en la existencia humana, que no es completamente reconducible a un mundo de cuerpos físicos neutrales, el Estado se justifica y explica por tres características constitutivas del ser humano: (1) su agresividad, derivada a su vez de su precariedad (es decir, que el ser humano no es fuente ni de su ser ni del sentido de su existencia, los puede perder y se encuentra, en consecuencia, permanentemente amenazado); (2) su egoísmo y la enajenación que genera ese egoísmo puesto en combinación con las inmensas posibilidades de disposición que genera la técnica moderna; (3) su comunitariedad, esto es, que el ser humano tiene ciertas aptitudes, que lo constituyen como ser humano, las cuales requieren de relaciones afectivas con sus semejantes. El ejemplo fundamental aquí es el lenguaje. Ya desde su aprendizaje, entiende Herrera, el lenguaje requiere un contexto afectivo y no meramente utilitario. El Estado o unidad política se justificaría, de este modo, porque (1) es fuerza capaz de controlar la agresividad, establecer un orden de paz y proteger así al inocente.

La superación de la agresividad y de la incertidumbre que esa agresividad genera, es un requisito del despliegue de los potenciales agredidos, que, bajo el supuesto de una situación pre-política, son todos. Esa superación de la situación de incertidumbre frente a la agresividad no es alcanzable sin el empleo de fuerza. Sólo mediante fuerza es posible contener la agresividad humana y establecer un orden de paz en el cual el despliegue de lo humano pueda quedar asegurado.[3]

(2) Es fuerza capaz de imponer sobre los razonamientos socioburgueses una racionalidad de interés general y justicia.

No sólo los pobres se ven afectados por esa operación ilimitada [de la sociedad burguesa], sufriendo condiciones laborales inadecuadas, tratados de modo preponderantemente utilitario, temerosos de perder sus empleos, tensionados al punto de no poder gozar del tiempo y la tranquilidad requeridos por una vida feliz, incapaces de la “percepción y del goce de las demás facultades y especialmente de las ventajas espirituales”, todo lo cual los lleva a la “pérdida del sentimiento del derecho, de la juridicidad y del honor”. También los ricos quedan atrapados en una dinámica en la que no conviene perder posiciones y la preocupación permanente se vuelca sobre los asuntos económicos. La estimación social llega a depender muchas veces de la posición económica. El tiempo y la tranquilidad tienden a faltar, ahora por el intento de acrecentar lo que ya se tiene. Y ambos –trabajador y empresario– quedan incorporados en maneras de trato crecientemente racionalizadas, ajenas a la tranquilidad y el tiempo necesarios para vivir humanamente. Aparecen con fuerza el servilismo, la adulación y la envidia, por parte de los débiles y, de parte de los económicamente poderosos, un cierto afán de superioridad y soberbia.[4]

(3) puede incentivar las agrupaciones comunitarias y volverse él mismo en principio de existencia comunitaria en tanto encarna una racionalidad superpuesta a los intereses particulares.

Referencias

  1. Herrera Arellano, Hugo, ¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado? Ensayo filosófico de justificación de la praxis política, IES, Santiago de Chile, 2009, p. 2
  2. Herrera Arellano, Hugo, ¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado?, p. 11
  3. Herrera Arellano, Hugo, ¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado?, p. 30
  4. Herrera Arellano, Hugo, ¿De qué hablamos cuando hablamos de Estado?, pp. 44 s.

Véase también

Obtenido de "%C2%BFDe qu%C3%A9 hablamos cuando hablamos de Estado%3F Ensayo filos%C3%B3fico de justificaci%C3%B3n de la praxis pol%C3%ADtica"

Wikimedia foundation. 2010.

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