Instituto Guatemalteco de Turismo

Instituto Guatemalteco de Turismo
Instituto Guatemalteco de Turismo (INGUAT)
Coat of arms of Guatemala.svg
Escudo de Armas de la República de Guatemala
Información
Fundación 8 de septiembre de 1967
Jurisdicción Territorio Nacional
Sede Ciudad Guatemala
Dirección Jorge Federico Samayoa(Director General)
Dependiente de Ministerio de Economía (Autónomo)
Cronología
Consejo Nacional de Turismo ◄ Actual ►
Notas
www.visitguatemala

El Instituto Guatemalteco de Turismo (INGUAT) es una entidad estatal descentralizada, con personalidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y con patrimonio propio, de conformidad con su Ley Orgánica, Decreto No. 1701 del Congreso de la República de Guatemala. Su nombre no puede se adoptado por ninguna entidad pública o privada. Actualmente tiene su sede en la Ciudad de Guatemala y su jurisdicción se extiende a todo el territorio nacional. Asimismo, es la autoridad superior en materia de turismo en el país y representa a Guatemala ante las entidades similares de otros países y también ante los organismos internacionales del ramo. Debiendo también favorecer el turismo receptivo e interno.[1]

Contenido

Finalidades

De acuerdo a lo establecido en su Ley Orgánica, el INGUAT queda obligado a desarrollar las funciones encaminadas al fomento del turismo interno y receptivo, tales como:

a) Determinar cuáles son los lugares de atracción turística en el territorio nacional, con el objeto de evaluarlos y desarrollarlos, según su importancia, con apego a las prioridades previamente establecidas;

b) Cooperar con las instituciones encargadas del mantenimiento, conservación, exhibición, restauración y conocimiento de nuestros tesoros arqueológicos, históricos y artísticos, aportando cuanto sea necesario para que, sin menoscabo de su integridad y pureza, dicha riqueza pueda aprovecharse en los planes de desarrollo turístico;

c) Elaborar un plan de turismo interno, que permita un mejor conocimiento entre los guatemaltecos, como miembro de la comunidad nacional, a la vez que les depare la oportunidad de apreciar las manifestaciones de la cultura de las distintas regiones y la belleza de sus paisajes;

d) Fomentar las industrias y artesanías típicas, colaborando en su desarrollo, promoviendo la apertura de nuevos mercados nacionales e internacionales, proporcionándoles informaciones que puedan beneficiar el mejoramiento de sus productos y aplicando los medios publicitarios de que disponga, para lograr una mayor demanda de los mismos;

e) Habilitar playas, jardines, parques, fuentes de aguas medicinales y centros de recreación con sus fondos propios; y colaborar con las municipalidades respectivas, en la dotación de los servicios esenciales, y en le embellecimiento y ornamentación de los mismos, cuando tales zonas estén bajo su custodia;

f) Construir hoteles o albergues, responsabilizándose en todo caso, de que tales construcciones respondan a las necesidades del turismo nacional, en cuanto a su funcionalidad y belleza y procurando que la arquitectura de dichas construcciones esté en consonancia con el ambiente, uso y tradiciones de la zona. Dichas edificaciones, cuando sean hechas por cuenta propia, deben ser entregadas para su explotación a personas idóneas, en el sentido que se considere conveniente a los intereses de la Nación y especialmente al incremento del turismo;

g) Divulgar las propiedades terapéuticas de las fuentes de aguas medicinales despertando el interés de los guatemaltecos y extranjeros por aprovecharlas;

h) Organizar o colaborar en la celebración de ferias internacionales, nacionales, departamentales y locales; festivales folclóricos y ceremonias tradicionales;

i) Divulgar los programas religiosos de los más venerados santuarios de la República y las fechas de las solemnidades más importantes;

j) Disponer la construcción de aeródromos y vías de acceso a los lugares de interés turístico; y gestionar su ejecución ante el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda;

k) Emitir, previa opinión favorable de la Junta Monetaria, del Ministerio Público y llenando los requisitos que establecen las leyes, bonos de turismo para la construcción de obras autofinanciables, tales como hoteles, moteles, turicentros, funiculares y otras obras que tiendan a incrementar el turismo;

l) Colaborar con el Instituto de Recreación de los Trabajadores en la organización de sistemas de turismo obrero, y con los establecimientos de enseñanza, en la promoción del turismo escolar, para los cuales el INGUAT, de común acuerdo con los propietarios o arrendatarios de hoteles, debe fijar tarifas especiales en temporadas apropiadas, que permitan el fácil conocimiento de las diferentes zonas turísticas al mayor número de personas de escasos recursos;

m) Fundar por cuenta propia y con la ayuda de las universidades, una escuela de turismo, en colaboración con las entidades interesadas en esta materia; abrir centros de capacitación y de adiestramiento para el personal al servicio del turismo y otorgar becas para que los guatemaltecos que se distingan o tengan vocación, puedan asistir a escuelas del extranjero con iguales fines;

n) Orientar la organización y funcionamiento de las asociaciones, comités y otras entidades que se constituyan con fines de promoción turística;

o) Inscribir, clasificar e inspeccionar el funcionamiento de las empresas turísticas, para que puedan operar en el país;

p) Autorizar, de acuerdo con la clasificación por categorías, previamente establecida por el INGUAT, las tarifas máximas de los hoteles, moteles, pensiones, autobuses y taxis dedicados al turismo, y controlar la observancia de las mismas. La clasificación podrá ser revisada, a solicitud de parte, tomándose en cuenta todas las circunstancias, en cada caso;

q) Formar y mantener actualizado, bajo su más estricta responsabilidad, el inventario turístico del país;

r) Proporcionar toda la información que se le solicite, sobre lugares, servicios y cualquier objetivo turístico;

s) Imprimir el mapa vial de Guatemala, buscando su mejor presentación y calidad, y actualizarlo cada año; editar folletos y guías que contengan información sobre todos los asuntos de interés que se mencionan en el inciso anterior;

t) Emprender periódicamente campañas publicitarias dirigidas al turismo interior, a fin de que durante los períodos de vacaciones, los guatemaltecos visiten los centros de recreación del país;

u) Imponer las sanciones correspondientes a las personas que infrinjan esta ley o sus reglamentos;

v) Solicitar al Ejecutivo que se entreguen las zonas turísticas a su custodia;

w) Organizar con las entidades encargadas, o especializadas, partidas de caza y pesca, en lugares turísticos, empeñándose en crear temporadas y competencias; y

x) Fomentar por todos los medios a su alcance, el turismo interior y receptivo.

Funciones Específicas

Las funciones específicas del INGUAT, para promover el turismo receptivo dentro del país, son:

a) Fomentar y estimular la inversión de capital guatemalteco o extranjero, en hoteles y centros de recreación dedicados al turismo, proporcionando las informaciones que se le soliciten en todo lo relativo a impuestos, tasas, incentivos y demás datos que puedan fundamentar los estudios previos de inversión;

b) Hacer por cuenta propia, en periódicos, revistas, radio, televisión y otros medios que se considere igualmente adecuados y eficaces, del extranjero, frecuentes campañas de promoción turística, que divulguen nuestras bellezas naturales, riquezas arqueológicas, centros de deporte y recreación social, de descanso y esparcimiento, con el objeto de atraer a Guatemala la corriente turística de otros países;

c) Prestar toda su colaboración y usar su influencia para que las compañías de transporte internacional, agencias de viajes, cadenas de hoteles y empresas de cualquier otra índole, relacionadas con el turismo, por su cuenta hagan campañas de promoción a favor de Guatemala, en el extranjero;

d) Proporcionar a los consulados de Guatemala, toda clase de propaganda e información para que puedan incrementar el turismo a nuestro país y resolver las consultas que se les dirijan;

e) Imprimir libros, folletos y carteles sobre Guatemala; producir películas documentales, fotografías y todo el material necesario, de cualquier naturaleza que sea, que pueda usarse en la promoción turística;

f) Establecer contacto con universidades, centros de enseñanza media, cámara de comercio e industria y otras entidades o instituciones del extranjero que se interesen en nuestro país, para promover viajes de negocios, estudio o recreación;

g) Integrar con la colaboración de las embajadas y consulados de nuestro país, y otras entidades que se considere convenientes, las Asociaciones de Amigos de Guatemala, que colaboren con el INGUAT en la divulgación de nuestra propaganda turística;

h) Organizar y llevar a cabo cursillos de orientación y enseñanza, dirigidos a los empleados de aduanas, migración policía y otras entidades que tengan contacto con el turismo exterior, para enseñarle formas de trato social al turista;

i) Fomentar la integración de conjuntos musicales y de otra índole, de guatemaltecos que vistan los trajes típicos de las distintas regiones del país y actúen en bares, restaurantes y lugares públicos, ofreciéndoles el diseño del traje y la ayuda que sea compatible con los propósitos de incremento turístico y las posibilidades del INGUAT;

j) Ofrecer en lugares adecuados representaciones de danza y bailes folklóricos con la mayor periodicidad posible, para al cual el INGUAT debe preocuparse por integrar los conjuntos que sean necesariosk) Organizar, colaborar y participar en los eventos nacionales e internacionales relacionados con el turismo;

l) Celebrar acuerdos con entidades similares de México, Centroamérica y otros países, para el establecimiento de circuitos turísticos que incluyan a Guatemala; y

m) Ejercer todas las demás funciones que tiendan a crea e incrementar atracción turística por nuestro país.

Organización

Administración

Con lo establecido en su Ley Orgánica, la dirección, administración y funcionamiento del INGUAT, está a cargo en su orden jerárquico:

1. Del Director General del INGUAT;

2. Del Subdirector del INGUAT; y

3. De los jefes de los respectivos departamentos.

Asesoría

Asimismo se crea, como órgano asesor del INGUAT, la Junta Asesora de Turismo que se integra por:

1. El Director del INGUAT;

2. El Subdirector del INGUAT;

3. Un representante del Ministerio de Economía;

4. Un representante del Ministerio de Finanzas Públicas;

5. Un representante del Ministerio de Gobernación;

6. Un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores;

7. Un representante del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda;

8. Un representante de la Secretaría General de Planificación Económica (Secretaría General del Consejo Nacional de Planificación Económica);

9. Un representante de la Cámara de Comercio;

10. Un representante de la Cámara de Industria;

11. Un representante de la Asociación de Periodistas de Guatemala;

12. Un representante de Agencias de Viajes;

13. Un representante de la Industria Hotelera;

14. Un representante de Líneas Aéreas; y

15. Un representante de la Cámara de Turismo de Guatemala, reemplazando a la Asociación Guatemalteca de Turismo (AGT).

Véase también

  • Política de Guatemala

Referencias

Enlace Externo

https://einguat.inguat.gob.gt/ http://visitguatemala.com/


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