Normatividad Mexicana

Normatividad Mexicana

La Normatividad Mexicana es una serie de normas cuyo objetivo es asegurar valores, cantidades y características mínimas o máximas en el diseño, producción o servicio de los bienes de consumo entre personas morales y/o físicas, sobre todo los de uso extenso y fácil adquisición por el público en general, poniendo atención en especial en el público no especializado en la materia, de estas normas existen dos tipos básicos en la legislación mexicana, las Normas Oficiales Mexicanas llamadas Normas NOM y las Normas Mexicanas llamadas Normas NMX, de las cuales solo las NOM son de uso obligatorio en su alcance y las segundas solo expresan una recomendación de parámetros o procedimientos, aunque si son mencionadas como parte de una NOM como de uso obligatorio su observancia es a su vez obligatoria.[1] [2]

Logo basado en la marca que pueden colocar los fabricantes que cumplieron con la acreditación de un producto en la conformidad de alguna norma NOM en este caso la NOM-NNN-LLLL-NNNN N=dígito, L=letra.

Contenido

Desde la época porfirista un medio eficaz de control consistió en caracterizar un servicio o producto de tal manera que solo quien lo hiciera originalmente pudiera obtener un beneficio económico, excluyendo del mercado a cualquier otra empresa que intentara realizar algo similar, como fue el caso del ancho de vía o trocha en los sistemas ferrocarrileros, donde cada compañía que instalaba un sistema de ferrocarril obligaba a usar la trocha que ellos quisieran , por lo que la adquisición de equipos como trenes debían ser solo a ese fabricante, esto obligaba a cambiar de tren en cada cambio de ancho de vía como ocurre aun en las fronteras entre varios de los países de la Unión Europea, obligando al gasto en el cambio de las mercancías entre los carros de diferentes sistemas.[3] [4]

Esto por ejemplo fue uno de los grandes problemas de logística para la Alemania nazi en la Segunda Guerra Mundial y en forma similar le ocurrió a los EE.UU. con el traslado por barco, hasta la estandarización de procedimientos con los barcos Liberty, terminada la guerra el comercio mundial vuelve a fluir pero la diversidad de criterios lo hace lento, es cuando aparecen los Contenedores para carga marina los cuales permiten enviar cualquier cosa por barco, siempre y cuando quepa dentro de uno, con la ventaja de homologar los equipos para el embarque y traslado de los productos, es el uso de los contenedores lo que facilita el intercambio mundial y lo que empieza a gestar dentro de la O.N.U. la idea de crear recomendaciones para facilitar el comercio, haciendo igual en varias partes del mundo el uso de las cosas comunes como pueden ser los tomacorrientes, el codificado de la señal de televisión, el uso de símbolos, etc.[5] [6] Por eso en el año de 1947 se crea la Organización Internacional de Estandarización mejor conocida como ISO (International Standard Organization), en la cual los diferentes países miembros pueden debatir para eliminar, crear u homologar estándares para los productos o servicios que se intercambian entre ellos, aunque en la mayoría de casos los estándares emitidos por ISO solo son recomendaciones para que sean adoptadas por los países miembros con el adecuado trato legislativa en sus territorios.[7]

En el caso de México la estandarización fue por la influencia de la economía estadounidense en la economía mexicana, lo que obligo al gobierno a emitir leyes y reglamentos que obligaran a usar ciertas características en los servicios, como el caso de la frecuencia eléctrica de la corriente alterna que se vendía en el país antes de 1960, la cual por ser generada con sistemas europeos era muy común que fuese a 50 Hz en la mayoría del país, mientras en el norte por ser generada en los EE.UU. se usara su sistema de corriente alterna a 60 Hz, pero al declinar por la guerra el comercio de repuestos europeos para los generadores debieron comprarse a los EE.UU. lo que obligo a cambiar o modificar los equipos que trabajaban a 50 Hz por equipos que pudieran hacerlo a 60 Hz.[8]

Es así como por 20 años se acumulan una serie de leyes y reglamentos diversos que obligan a los fabricantes, productores y prestadores de servicio a cumplir un mínimo de características en sus productos. Pero en 1986 con la entrada de México al GATT[9] [10] se compromete el gobierno a usar las recomendaciones de ISO y otras organizaciones internacionales para crear sus propios estándares, lo cual se concreta con la Ley Federal sobre Metrología y Normalización en su primera versión la cual obliga a usar solo un sistema cuantitativa de medida, en concreto el llamado Sistema General de Unidades de Medida que se integra con el Sistema Internacional de Unidades y las no comprendidas en el sistema internacional que se acepten por ley. Además de una serie de documentos llamados normas que estandarizan en todo el territorio mexicano ciertas características de los productos que involucran esos documentos.

Par esto se crean dos organismos del gobierno federal uno técnico llamado Centro Nacional de Metrología (CENAM) y otro administrativo llamado Dirección General de Normalización (DGN) ambos dependientes de llamada entonces Secretaria de Industria hoy Secretaria de Economía, pero para el caso de la representación del gobierno federal en los ámbitos internacionales ambos organismos dependen de la Secretaria de Relaciones Exteriores.

Es así que durante los 80´s y 90´s del siglo XX la Dirección General de Normalización emite una serie de normas en base a recomendaciones de instancias de carácter técnico tanto nacionales como internacionales, las cuales abarcan básicamente solo los productos y servicios para la venta al público en general, pero el uso de normas se empieza a revelar adecuado para evitar el paso por el poder legislativo de la federación de leyes y reglamentos que por sus características cumplen solo una función técnica y su contenido es altamente diferente al de las leyes comunes – como el caso de la norma NOM-001-SEDE-2005 -, por lo que empiezan a usar en todos los ámbitos de la interacción entre los ciudadanos y/o el gobierno.

Por eso durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari se emite una nueva Ley Federal sobre Metrología y Normalización la cual crea el marco legal general para la aplicación de normas en todos los ámbitos de la vida común en México.[11]

El procedimiento general de aplicación de una norma empieza con la creación o adopción de un estándar para dicho producto o servicio, para esto el CENAM tiene diferentes comités técnicos que crean, estudian y/o adaptan esos estándares, en el caso de ISO sus estándares pueden ser obligatorios por algún acuerdo internacional el cual debió ser ratificado por el Senado de la República como cualquier tratado internacional, en el caso de los emitidos por un organismo oficial regional o nacional de otro país como el Comité Europeo de Normalización de la Unión Europea[12] o la ANSI de los EE.UU. el estándar solo abarca un carácter de recomendación pero puede ser obligado su uso por tratados laterales como un Tratado de Libre Comercio, en el caso de productos o servicios netamente mexicanos se pueden adoptar los estándares emitidos por los comités técnicos de organismos civiles especializados como el Consejo Regulador del Tequila[13] y si fuese el producto de otro país como los EE.UU., se adoptan las recomendaciones emitidas por el área técnica de los organismos civiles especializados como la IEEE o el AREMA.[14] [15] [16] [17] [18]

Estos estándares se pueden tomar íntegramente de la fuente, aunque con su debida traducción al español y adecuación al estándar de la normatividad mexicana, pero deben obtenerse por la CENAM o la DGN los derechos legales para el uso del contenido intelectual del contenido, lo cual puede ser librado por los tratados internacionales previos, como son los para los procedimientos generales para la evaluación de la conformidad emitidos por ISO y que se nombran en México con un doble nombre (NMX-CC-004:1995/IMNC-ISO-9002:1994. Sistemas de Calidad - Modelo para el Aseguramiento de la Calidad en Producción, Instalación y Servicio.).[19] [20] [21]

En el caso de estándares similares como por ejemplo la NOM-001-SEDE y el NEC[22] que tratan de la utilización de la energía eléctrica en la baja tensión, por el intercambio comercial los comités técnicos crean un estándar nacional adaptando las ideas generales del estándar extranjero, lo que a veces implica la obtención de los derechos de la obra extranjera, en el caso mencionado el índice de ambas obras es muy similar. Otro es el caso de la adopción u homogenización de un estándar en común, en el cual media un tratado internacional por el cual la parte técnica se deja a solo un país o a ambos países, obligándose ambos a acatarlo sin modificación, así se puede ver en la lista de productos de Cables Monterrey hoy Viakon[23] [24] en la cual sus productos están normalizados en base a pruebas hechas en el extranjero con un estándar extranjero pero avalado para su aplicación en México por un tratado internacional.[25]

En todos los casos se deben emitir proyectos de norma las cuales se hacen conocer libremente a los organismos interesados en la materia, los cuales pueden emitir observaciones para su modificación, esto durante un periodo de tiempo determinado.[26]

Verificación del cumplimiento o la conformidad

En todos los casos se emiten las normas publicándose en el Diario Oficial de la Federación indicándose una fecha para su entrada en vigor y dejando un tiempo para su estudio y entrada en vigor. Para asegurar el correcto uso de las normas se aplica un procedimiento para asegurar su cumplimiento o conformidad con el procedimiento, este puede estar contenido en la norma o valerse de otra.[27] [28] [29]

Para revisar el cumplimiento o la conformidad se crean organismos civiles independientes denominados Unidades de Verificación UV (como son las Unidades Verificadoras de Instalaciones Eléctricas UVIE para la NOM-001-SEDE)[30] con personas físicas o morales, los cuales son avalados por algún comité técnico y administrativo dependiente de la Secretaria de Economía u otra dependencia, siempre bajo algún documento legal que le otorgue esa prerrogativa. Si se diera el caso de que no existieran personas físicas o morales capaces de cumplir con el procedimiento de selección la Secretaria de Economía u otra dependencia pueden crear como parte dependientes de ella misma las Unidades de Verificación (como el caso de la NOM-023-STPS-2003[31] que trata de la seguridad en minas).

Cada UV (llamada generalmente Verificador)[32] [33] debe tener un procediendo normalizado para la verificación de la conformidad de la norma en especifico aprobado por la Secretaria de Economía u otra dependencia adecuada,[34] en este se indican los pasos que debe seguir la UV para emitir un certificado de cumplimiento o conformidad con la norma a la persona física o moral que lo solicite (llamada normalmente Cliente), o en su caso emitir uno o varios documentos de no cumplimiento o no conformidad, los cuales pueden ser salvados con procedimientos de verificación subsecuente en los cuales el cliente debe demostrar que cumple con la norma y se le debe otorgar el certificado de conformidad, si por alguna razón el verificador no quisiese emitir el certificado, el cliente puede inconformarse ante el organismo que avala al verificador el cual está obligado a revisar el procedimiento, tras lo cual puede obligar al verificador a emitir el certificado o confirmar la negación del mismo.

En los casos de fraude o extorsión se puede retirar el nombramiento al verificador además de multar y levantar una querella judicial contra el mismo, en el caso del cliente se puede invalidar su producto o levantar una querella judicial contra el mismo.[35] [36] [37]

Verificación de las pruebas

Rara vez los procedimientos para el cumplimiento de una norma se basan en parámetros cualitativos, siendo cuantitativos los procedimientos y resultados de las pruebas que se solicitan normalmente en las normas, las pruebas por lo tanto deben realizarse en organismos llamados laboratorios de pruebas o en campo con dispositivos de medida avalados por el CENAM ya sea de forma directa o por medio de laboratorios u organismos acreditados (como es la PROFECO[38] [39] para el caso de las basculas en mercados públicos), los cuales logran esa acreditación por medio de un procedimiento de calificación en el cumplimiento de una norma específica para el procedimiento de calibrado de un cierto equipo, en una cierta unidad y en una escala determinada, este laboratorio – que casi siempre es una persona moral – luego de llevar a cabo un procedimiento de calibración para un cliente o verificador en sus equipos, puede emitir un certificado de calibración del equipo que indica por lo menos un numero de oficio, la fecha de calibración y la vigencia de la calibración, luego de la cual debe volverse a calibrar el equipo y la desviación estándar que sufre el aparato con respecto al patrón de calibración, además de las características que hacen único a ese equipo como el numero serie del equipo, el modelo y el fabricante.[40]

La calibración se hace comparando el equipo con unidades estándares nacionales, las cuales son resguardadas por el CENAM y sirven de patrón nacional para la calibración de los equipos de cada laboratorio acreditado, para que una calibración sea exitosa deben estar las medidas del equipos calibrado dentro de un rango de desviación, si por alguna razón no lo estuviera se puede mandar a reparar el equipo, pero si su estado no fuera solucionable se puede declarar el aparato como inútil y se emite un certificado el cual lo inhabilita.

En todo caso las medidas registradas en un papel firmado por el que las tomo y el responsable de la medición que haga el verificador por sí mismo, por medio del cliente o por medio de un tercero con equipo calibrado, deben acompañarse del número de oficio del certificado de calibración, las fechas de emisión y vigencia, el modelo, el fabricante y el número de serie. En algunos casos los equipos de medir pueden ser fabricados con una calibración tal que no se considera necesario mandarlos a calibrar ya que por sus características, uso y desviación admisible se les puedan considerar como estables a lo largo de su vida, siempre y cuando no sea alterado, tal y como ocurre normalmente con los flexómetros que se usan diariamente en la construcción y que traen el numero de oficio general de la calibración por lote ya que cumplen con una norma dada que lo asegura. Lo que no ocurre con las reglas de madera para la medida de telas las cuales son obligatorias de calibrarse.[41] En el caso de emitirse un certificado de calibración a cada uno de los equipos se le adhiere una etiqueta en la cual se indica el numero de oficio de la calibración y la vigencia, con la idea de evitar la aplicación del certificado de calibración a un equipo no calibrado pero que sea igual aun calibrado.[42] [43]

Costos de la verificación

El costo de los servicios de un verificador así como del laboratorio certificador están normados y estandarizados por medio de la Secretaria de Economía u otra dependencia adecuada, la cual puede establecer una tarifa única o dependiente algo, como el número de piezas o la superficie a verificar.[44]

Existen por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización dos tipos de normas.

Norma Oficial Mexicana NOM

La Norma Oficial Mexicana por sus siglas conocidas como normas NOM, creadas en el Art. 3 Frac. XI de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización que dice:[45]

Articulo. 3, Fracción XI. Norma oficial mexicana: la regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes, conforme a las finalidades establecidas en el artículo 40, que establece reglas, especificaciones, atributos, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.

Esto hace que estas normas sean de uso obligatorio para quien cae dentro del alcance de la aplicación de las mismas y cuando las actividades o productos se hagan durante la vigencia de la misma. Estas normas ordinariamente se publican íntegramente en el Diario Oficial de la Federación e incluso se publican en medios electrónicos, por lo que se pueden considerar de acceso público y libre distribución, siempre y cuando no se alteren, aunque para referirse a ellas deben tomarse las publicadas por el Diario Oficial de la Federación.

Norma Mexicana NMX

Las Normas Mexicanas por sus siglas conocidas como normas NMX, creadas en el Art. 3 Frac. X de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización que dice:[46]

Articulo 3, Fracción X. Norma mexicana: la que elabore un organismo nacional de normalización, o la Secretaría, en los términos de esta Ley, que prevé para un uso común y repetido reglas, especificaciones, atributos, métodos de prueba, directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a terminología, simbología, embalaje, marcado o etiquetado.

Esto hace que estas normas sean de uso no obligatorio para quien cae dentro del alcance de la aplicación de las mismas y cuando las actividades o productos se hagan durante la vigencia de la misma, este tipo de norma puede ser obligado su uso si es referida en una NOM para realizar algo, tal y como ocurre en la NOM-002-SEDE-1999,[47] con respecto a las normas NMX-J-116-ANCE y al NMX-J-169-ANCE . Estas normas ordinariamente se publicaban íntegramente en el Diario Oficial de la Federación e incluso se podían obtener en medios electrónicos ya que eran emitidas por entidades públicas del gobierno, pero recientemente se han dejado por parte del gobierno como responsabilidad de organismos privados relacionados a la materia tal como la asociación de Normalización y Certificación A.C. (ANCE)[48] o el IMCA, las cuales licencian su uso por medio de un pago monetario o la participación en su elaboración, por lo que se pueden considerar de acceso restringido y distribución negada a quien la adquiere, al venderla sea con un número de serie y se suele dar con un documento de licencia para el uso exclusivo de la persona física o moral que la adquiere, es muy común que las hojas de la misma lleven como marca de fondo el nombre o razón social de la persona física o moral propietaria de la licencia, para referirse a ellas deben tomarse estas cualidades ya que una copia pirata podría considerarse como alterada.

Las normas se identifican por un titulo que indica su aplicación general y un numero de identificación formado por:[49] [50]

  • Tres letras. El tipo especifico de norma, NOM para las Normas Oficiales Mexicanas y NMX para las Normas Mexicanas. Cuando le antecede a estas letras una P (pe) o PROY el texto es sólo un proyecto de norma y como tal no se puede usar, ya que podría modificarse, en caso de haber observaciones que se reúnan en el comité técnico que la elabora. La sigla EM indica un estado de emergencia y previene sobre los objetos o situaciones.
  • Tres dígitos. Es un código numérico específico de la norma, indicado por tres dígitos del 001 al 999, que es un número que siempre conserva la norma en sus diferentes versiones o refrendos. En ocasiones, una misma norma se emite en varias, ya que resulta más fácil actualizarla y revisarla; por lo que para indicarlo se pone una diagonal y un par de dígitos entre 01 y 99.
  • Tres o Cuatro letras. Siglas de la secretaría de estado o dependencia que estuvo involucrado en el estudio, emisión y encargamiento de los procedimientos de verificación, el cual se compone por tres o cuatro letras, dependiendo de la secretaría en cuestión. Estas pueden variar entre revisiones, ya que la secretaría de estado o dependencia puede crearse, modificar nombre u objetivos o desaparecer.
  • Cuatro dígitos, que indican el año que se publico Diario Oficial de la Federación, esto se confunde normalmente con la entrada en vigor, pero por el tiempo de transición la entrada en vigor puede ser hasta el año siguiente de su publicación.
  • Organización: En las normas NMX, es usual colocar las siglas del organismo privado responsable de la norma, como puede ser laANCE. O entre el identificar de tipo NMX y el numero de la norma se coloca una letra que indica el área técnica que realizo la norma.

Ejemplos de normas

Ejemplos de normas NOM

  • NOM-018-STPS-2000: Norma Oficial Mexicana número 018 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que entró en vigor en 2000. Describe el sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos respecto a sustancias químicas peligrosas en el lugar de trabajo.
  • NOM-003-CNA-1996: Norma Oficial Mexicana número 003 de la Comisión Nacional del Agua (CNA) que entró en vigor en 1996. Estipula los requisitos para la construcción de pozos de extracción de agua para prevenir la contaminación de acuíferos.

Ejemplos de normas NMX

  • NMX-TT-002-1997-IMNC; Requisitos mínimos de calidad para instituciones que ofrecen planes y programas de capacitación para, y en el trabajo relacionados con el turismo.
  • NMX-AA-127-SCFI-2006; Potabilización del agua para uso y consumo humano (polifosfato de sodio): Especificaciones y métodos de prueba (Potabilization of water for use an human comsumption: sodium polyphosphate. Specifications and test methods).
  • NMX-J-010-1996-ANCE; Productos eléctricos-conductores con aislamiento termoplastico a base de policloruro de vinilo, para instalaciones hasta 600 V. Especificaciones (Esta norma cancela la anterior, NMX-J-010-1993-SCFI).

Ejemplos de proyectos de normas NOM

  • PROY-NOM-157-SEMARNAT-2009; Proyecto de Norma Oficial Mexicana, que establece los elementos y procedimientos para instrumentar planes de manejo de residuos mineros. D.O.F. 4-Dic-2009.
  • PROY-NOM-SSA2-043-2002; Proyecto de Norma Oficial Mexicana, servicios básicos de salud. Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.

Ejemplos de normas de emergencia NOM

  • NOM-EM-158-SEMARNAT-2009; NORMA Oficial Mexicana de Emergencia, Que regula sanitariamente la importación de árboles de navidad naturales de las especies de los géneros Pinus y Abies; y la especie Pseudotsuga menziesii, para prevenir el ingreso al país de las siguientes plagas asociadas a éstos, Vespula germanica, Choristoneura fumiferana, Choristoneura occidentalis, Deroceras reticulatum, Diprion similis, Orgya pseudotsugata, Paradiplosis tumifex, Grovesiella abieticola, Rhabdocline weirii, Nalepella ednae, Epitrimerus pseudotsugae y Phomopsis lokoyae.
  • NOM-EM-010-SCFI-2003; Norma Emergente Remolques y Semirremolques – Elementos de Seguridad, para las unidades nuevas y usadas provenientes principalmente de Estados Unidos que deseen ingresar definitivamente a territorio mexicano.

La estructura básica de una norma tanto NMX como NOM es el siguiente:

  • Presentación: donde se indica su número de identificación y su titulo, la secretaria o dependencia que la emite y las bases legales.
  • Considerando: donde indica el espíritu o necesidad que llevo a crearla.
  • Prefacio: donde se presenta la norma y a los organismos involucrados en su creación.
  • Índice del contenido por títulos: donde se incidan las partes que la forman, siendo los más comunes.
  • Objetivo y campo de aplicación; esta parte indica los límites que tiene la aplicación de la norma en especifico, donde se indican las materias cubiertas y no cubiertas por la norma, por ejemplo:
  • Referencias: donde se indican los textos técnicos arbitrados que sirvieron para su elaboración.
  • Especificaciones: tablas o datos específicos para su uso con la norma.
  • Lineamientos: como debe usarse la norma para interpretarla y usar el contenido adecuadamente.
  • Cumplimiento: como debe llevarse a cabo el procedimiento por parte del usuario de la norma para verificar el cumplimiento por su parte de la norma, esto no involucra necesariamente al verificador.
  • Vigilancia: indica quien es la autoridad encargada de la vigilancia de su aplicación y cumplimiento y por ende responsable de los verificadores de la conformidad de la misma.
  • Concordancia con normas internacionales: indica si la norma tiene las características adecuadas para considerarse concordante con otra norma de origen extranjero o nacional, ya sea totalmente (caso común cuando se adopta un estándar o norma extranjera) o solo en una parte, también se indica si no es concordante con alguna que de principio lo parezca.
  • Bibliografía: indica los libros arbitrados o que se tomaron en cuenta en su elaboración.
    • El tiempo entre su publicación y su entrada en vigencia.
    • La materia que afecta y las condiciones en que la afecta, como que solo aplica a los productos realizados luego de la fecha de entrada en vigor.
    • La cancelación y/o sustitución de una norma y/o ley vigente a la fecha de publicación, la cual seguirá vigente hasta la fecha de entrada en vigor de la norma.
    • Norma Oficial Mexicana NOM-003 SEGOB/2002, señales y avisos para Protección Civil. Colores, formas y símbolos a utilizar.

Lo normal es que una norma este vigente solo por cinco años, por lo menos un año antes debe indicarse en el Diario Oficial de la Federación que la norma entra en revisión para su sustitución, cancelación o refrendo, en todo cualquiera de los tres casos en fechas anteriores al termino de la vigencia de cinco años debe emitirse la declaratoria respectiva en el Diario Oficial de la Federación con un extracto de la misma.

Hay unas normas llamadas de Emergencia, las cuales solo tienen una vigencia máxima de doce meses, en dos periodos consecutivos de seis, estas normas se caracterizan por usarse cuando se requiere normar algo de forma urgente y por lo tanto su emisión no requiere el procedimiento de revisión, en caso de requerirse por mas tiempo debe crearse una norma regular con todo el procedimiento sucecuente, estas normas se identifican por llevar en su titulo las palabras norma emergente o similar y en su número de identificación con la letra E en el tipo especifico de norma o por una EM entre el identificador del tipo y el numero de la norma.[51] [52] [53]

  1. http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/92/art/art4.htm
  2. Texto íntegro y vigente (última reforma 28 de julio del 2006) de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 1 de julio de 1992.
  3. http://www.grijalvo.com/Aristogeronte/Ancho_via.htm
  4. http://www.unichanger.es/web/docs/10-Francisco_P%C3%A9rez_%C3%81lvarez.pdf
  5. http://www.iso.org/iso/standards_developmen/processes_and_procedures.htm
  6. http://www.iso.org/iso/standards_development/technical_committees.htm
  7. http://www.iso.org/iso/structure
  8. http://www.mitecnologico.com/Main/LaElectricidadEnMexico
  9. http://www.eumed.net/libros/2009a/524/incorporacion%20de%20Mexico%20al%20GATT.htm
  10. http://www.elpais.com/articulo/economia/MeXICO/ORGANIZACIoN_MUNDIAL_DEL_COMERCIO_/OMC/Mexico/convierte/miembro/efectivo/GATT/elpepieco/19860726elpepieco_8/Tes/
  11. Texto íntegro y vigente (última reforma 28 de julio del 2006) de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 1 de julio de 1992.
  12. http://www.cen.eu/cen/pages/default.aspx
  13. http://www.crt.org.mx/
  14. http://www.arema.org/
  15. http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/boletin/cont/65/art/art7.pdf
  16. http://www.ance.org.mx/normalizacion/formas/ProgTrab.aspx?CM=COTENNGAS&CT=&SC=&GT=&ban=1&TPage=Programa%20de%20Trabajo&Etapa=
  17. http://www.ance.org.mx/normalizacion/formas/ProgTrab.aspx?CM=COTENNGAS&CT=&SC=&GT=&ban=1&TPage=Documento%20de%20Trabajo&Etapa=DT
  18. http://europa.eu/legislation_summaries/internal_market/single_market_for_goods/technical_harmonisation/l21001c_es.htm
  19. http://www.ema.org.mx/ema/ema/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=106&Itemid=129
  20. http://www.ema.org.mx/ema/ema/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=107&Itemid=130
  21. http://www.ema.org.mx/ema/ema/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=108&Itemid=132
  22. http://www.nfpa.org/aboutthecodes/AboutTheCodes.asp?DocNum=70&cookie_test=1
  23. http://www.viakon.com/Home.aspx?tabId=43#ABS
  24. http://www.viakon.com/products.aspx?productId=20
  25. http://www.ance.org.mx/normalizacion/formas/ProgTrab.aspx?CM=COTENNGAS&CT=&SC=&GT=&ban=1&TPage=Anteproyectos&Etapa=ANT
  26. http://www.ance.org.mx/normalizacion/formas/ProgTrab.aspx?CM=COTENNGAS&CT=&SC=&GT=&ban=1&TPage=Proyectos&Etapa=PROY
  27. http://www.ema.org.mx/descargas/encuentros/eva_conformidad/PLENARIAS/DGN.pdf
  28. http://www3.inn.cl/pdfs/acreditacion/Evalu_de_la_conform.pdf
  29. http://www.ance.org.mx/normalizacion/formas/Normas.aspx?CM=COTENNGAS&CT=&SC=&GT=&Detalle=Normas%20Mexicanas&ban=1&tNorma1=0&tNorma2=0
  30. http://www.ema.org.mx/descargas/proceso/poc/Criterio_competencia_tecnica_%20del_personal_de_%20producto.pdf
  31. http://camimex.org.mx/articulos/normas/seguridad03.pdf
  32. http://uvie-srm.tripod.com/que.html
  33. http://www.cecutampico.ipn.mx/eventos/UVIE.html
  34. http://www.ema.org.mx/descargas/proceso/plab/indexer.php?p=Ensayos%2FListas_Verificacion
  35. http://www.ema.org.mx/ema/ema/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=179&Itemid=217
  36. http://www.ema.org.mx/ema/ema/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=180&Itemid=218
  37. http://www.ema.org.mx/ema/ema/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=182&Itemid=220
  38. http://www.profeco.gob.mx/estadistica/informe/completo01.pdf
  39. http://www.cenam.mx/boletin/boletin0707.aspx
  40. http://www.ema.org.mx/descargas/proceso/plabs/Calibracion/Carpeta_2_Criterios_evaluacion/MP-FE007_Criterios_clasificacion_no_conformidades_03.pdf
  41. http://www.ema.org.mx/descargas/proceso/plabs/Calibracion/Carpeta_2_Criterios_evaluacion/MP-FE007_Criterios_clasificacion_no_conformidades_03.pdf
  42. http://www.ema.org.mx/descargas/proceso/plabs/indexer.php
  43. http://www.ema.org.mx/descargas/proceso/plabs/Calibracion/Carpeta_2_Criterios_evaluacio/Guias_Tecnicas_de_trazabilidad_e_Incertidumbre_Calibracion/CALIBRACION_Columnas_de_liquido_v01.pdf
  44. http://www.ema.org.mx/descargas/proceso/plabs/Clinicos/Carpeta_4_Tarifas_de_acreditacion/Tarifas_Laboratorios_clinicos_2010.doc
  45. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/130.pdf
  46. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/130.pdf
  47. http://www.sener.gob.mx/webSener/res/Acerca_de/nom002sede-1999.pdf
  48. http://www.ance.org.mx/
  49. http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/001ssa23.html
  50. [ http://cimenl.org/slp/assets/presentacion/ESTRUCTURA_PROPUESTA_NOM-001-SEDE_2003.pdf Estructura propuesta para las NOM]
  51. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5137987&fecha=08/04/2010
  52. http://dof.gob.mx/normasOficiales.php
  53. http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5134714&fecha=10/03/2010

La gente quiere saber los ejemplos de normas juridicas no todo ese rollo que nos echan


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