Bautismo

Bautismo

Bautismo

Por bautismo se hace referencia a un rito de iniciación y/o purificación, que es común en varias religiones diferentes, así como en varias comuniones y denominaciones cristianas.

El bautismo cristiano consiste en una determinada aplicación del agua sobre una persona, invocando a la Trinidad: el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo (o a Jesús solo, en algunas versiones del cristianismo), con el fin de hacer participar a quien lo recibe en la muerte y la resurrección de Jesucristo, constituyéndole: profeta, sacerdote y rey junto con Cristo, hijo(a) de Dios y heredero(a) de su Reino, e integrándole a la comunidad de la Iglesia, como miembro vivo del Cuerpo Místico de Cristo.

La Iglesia Católica define el sacramento del bautismo como: «Un signo sensible instituido por nuestro Señor Jesuscristo para perdonar el pecado original y cualquiera otro que hubiese en el que se bautiza.»

En el catolicismo romano y el protestantismo clásico —debido a la teología de San Agustín (siglo V) y sus ulteriores evoluciones en los reformadores Martín Lutero y Juan Calvino—, el bautismo ha revestido también la importancia de ser un antídoto contra el pecado original.

Juan bautiza a Jesús.

Contenido

Etimología

La palabra española bautismo viene del griego koiné báptisma, y ésta, a su vez, del griego clásico bapto, verbo limitado progresivamente al sentido de «teñir», sustituido por baptízo / βαπτιζειν o βαπτειν, que significa: «sumergir», «zambullir», «hundir» (en el agua).

Perspectiva diversa dentro del Cristianismo

En general —en todas las denominaciones cristianas— el bautismo constituye el rito de la iniciación fundamentalista.

Para las comuniones católicas, como la Iglesia Ortodoxa, otras iglesias orientales (Iglesia Armenia, Iglesia Etíope, etc.), la Iglesia Católica Romana y la Comunión Anglicana, así como para el protestantismo clásico (Luteranismo, Presbiterianismo, Metodismo y otros), el bautismo se considera un sacramento.

Las iglesias de la Reforma Radical o anabaptistas (bautistas, menonitas), y el Cristianismo fundamentalista (véase: fundamentalismo cristiano), lo consideran —no un sacramento—, sino una Ordenanza de Cristo.

Elementos: agua bendita, cirio, óleo, etc.

El bautismo te quita el pecado original, pasamos a ser parte de la Iglesia, se realiza generalmente a niños recién nacidos y lleva a cabo la ceremonia un sacerdote.

El rito y la ceremonia esenciales del bautismo

El bautismo consiste en una ceremonia en que una persona que ha de unirse a la comunidad cristiana entra en contacto con el agua de cualquiera de estas tres maneras: inmersión, ablución (derramamiento) o aspersión.

La inmersión era la forma primitiva generalizada, y pervive en la etimología de la propia palabra «bautismo». De ello dan testimonio arqueológico las grandes fuentes bautismales del arte paleocristiano en numerosos templos cristianos en oriente y occidente, tanto los que siguen activos como los que yacen en estado de ruina. La inmersión sigue siendo la forma obligatoria en la Iglesia Ortodoxa y en todas las iglesias orientales (aun las que están unidas a Roma), así como en la Reforma Radical y en el Cristianismo Fundamentalista.

La ablución o derramamiento es la forma generalizada en el Catolicismo Romano; sin embargo, en estas mismas comuniones eclesiales la inmersión ha sido revalorada como un signo más expresivo del significado del bautismo, y se practica ampliamente en numerosas diócesis y parroquias. Es un hecho que tanto el Misal Romano (católico romano) como el Libro de Oración Común (anglicano) recomiendan la inmersión como la forma más apropiada para el bautismo.

La aspersión consiste en salpicar con agua; se trata de una forma autorizada sólo para casos de emergencia extrema (y nunca como forma regular), por las iglesias que reconocen la ablución como administración válida del bautismo.

A partir del Concilio de Nicea (325, d.C.), la ceremonia (acto) de la inmersión o ablución es obligatoriamente triple, y el rito (palabras) del bautismo propiamente dicho, se centra en la invocación de la Trinidad sobre la persona que ha de ser bautizada (candidato o bautizando), con variantes según el rito de cada iglesia:

«Es bautizado el siervo de Dios (nombre...), en el Nombre del Padre, Amén; y del Hijo, Amén; y del Espíritu Santo, Amén», como ejemplo del rito bizantino de la iglesia ortodoxa y otras orientales.

«(Nombre...), Yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo. Amén.», es el ejemplo básico del cristianismo occidental.

Algunas iglesias fundamentalistas acuden exclusivamente a los datos del Nuevo Testamento, y aplican el bautismo únicamente con la fórmula «En el nombre de Jesús». Este es un punto de discusión teológica que tiene qué ver con el concepto de Dios Padre, de Cristo y del Espíritu Santo, que se tenga en cada denominación.

En realidad el concepto del bautismo se hace sobre el efecto de la inmersión, es decir, «sepultando» a la persona en el agua, tal como lo dejó como enseñanza el Señor Jesucristo, y podemos ver el Fundamento Bíblico en Marcos 1:10: «Cuando salió del agua». Aquí podemos ver el contenido de expresión del Evangelista Marcos en expresar en el texto: «Cuando salió del agua» y para salir del agua, necesariamente el Señor Jesucristo tuvo que sumergirse en el Río Jordán, ya que el Apóstol Pablo, en Romanos 6:4, lo confirma, en decir: «Pues, por el bautismo fuimos sepultados junto con Cristo para compartir su muerte y, así como Cristo fue resucitado de entre los muertos por la Gloria del Padre, también nosotros hemos de caminar en una vida nueva», y lo vuelve a repetir en Colosenses 2.12. «Esta circuncisión de Cristo es el bautismo. Al recibirlo, ustedes fueron sepultados con Cristo y también fueron resucitados por haber creído en el poder de Dios, que resucitó a Cristo de entre los muertos».

Teología del sacramento (católico)

Institución

El bautismo parece estar relacionado al ambiente judío tras la deportación de Babilonia. La inmersión se practicaba para la purificación legal. Los esenios practicaban este tipo de ablución purificadora que, para ellos, era también moral, como han podido demostrar sus piscinas rituales en Qumram.

Entre los fariseos del siglo I se extendió la costumbre de sumergir en agua a los prosélitos tras la circuncisión, rito que implicaba la capacidad del neófito para acceder a los sacrificios y participar en el culto del Templo.

Juan el Bautista asumió este rito dándole el sentido de medio para la conversión (cf. Mc 1 4) y purificación del pecado. Esto implicaba que el templo ya no era el único lugar para la obtención de la expiación.

Tanto los escritores del Nuevo Testamento como algunos Padres de la Iglesia descubren en el Antiguo Testamento algunas figuras o prototipos del bautismo:

  • Las aguas sobre las que aleteaba el Espíritu Santo (cf. Gn 1 2)
  • El agua del arca de Noé (cf. 1 P 3 20-21)
  • La circuncisión (cf. Col 2 11-12)
  • El paso del Mar Rojo (cf. 1 Co 10 2)
  • La curación del leproso Naamán por bañarse en el embalse Jordán

La Iglesia católica considera el bautismo que administraba Juan el Bautista como prefiguración inmediata de lo que considera un sacramento. Según el evangelio, el Bautista tenía conciencia de que el rito que realizaba era un anuncio del que vendría (cf. Mc 1 8). Jesús no sólo se sometió al bautismo de Juan, sino que también llamó «bautismo» a su pasión y muerte (Mc 10 38 y paralelos).

El Concilio de Trento declaró que el bautismo de Cristo era diverso del de Juan. Y en el decreto Lamentabili, el Santo Oficio aclaró que el sacramento del bautismo no se puede considerar como un rito evolucionado de los usados por las religiones antiguas o por el judaísmo.

Dado que la Iglesia católica sostiene que no existe una institución jurídica y determinada a un solo momento de los sacramentos por parte de Cristo, los teólogos suelen afirmar que en tres momentos se da esta institución:

  • En primer lugar en el anuncio de Juan el Bautista: Jesús bautizaría con Espíritu Santo y con fuego (cf. Lc 3 16).
  • El diálogo de Cristo con Nicodemo (cf. Jn 3 5) donde el primero indica que el bautismo es necesario para la salvación.
  • Antes de ascender a los cielos, Jesucristo mandó a sus discípulos que bautizaran en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo (cf. Mt 28 19 y paralelos).y seguirá por siempre.

Desarrollo del rito

Bautismo católico.

En el Nuevo Testamento se habla de una inmersión en el agua, acompañada de unas palabras y que requiere la fe del bautizando (cf. Hch 8 36-37). Sin embargo, hubo teólogos en los primeros siglos que negaron la necesidad del agua. Contra ellos escribió Ireneo (en Adversus Haereses I 21 4) y Tertuliano (De Baptismo I). Pero la expresión más clara está en Agustín: «¿Qué es el bautismo? Es una ablución de agua con la palabra. Quita el agua y ya no hay bautismo» (Comentario al evangelio de Juan 15 4).

En la Didaké (capítulo VII) se habla de una celebración con inmersión en agua, pero también de un rito por el que se derramaba tres veces agua sobre la cabeza del neófito. Hipólito habla de una celebración que seguía al catecumenado y que tras oraciones, preguntas y exorcismos, sometía al candidato a una inmersión en el agua. Sin embargo, es difícil que incluso en la Iglesia primitiva sólo se hayan dado casos de bautismo por inmersión. Si según los Hechos de los apóstoles, tras la predicación de Pedro fueron tres mil las personas que se bautizaron resulta muy difícil pensar que todos se hayan arrojado al agua.

También consta –por el testimonio de Cipriano (Carta 69 12)– que algunos enfermos eran bautizados seguramente por aspersión o infusión.

Así con el paso del tiempo el bautismo por inmersión fue abandonado paulatinamente (debido a la costumbre de bautizar a los niños lo más pronto posible) y el de aspersión se usó muy poco dadas las dudas sobre la efectiva ablución. El Código de derecho canónico de 1983 indica que el bautismo se ha de administrar por inmersión o por infusión, de acuerdo con las normas establecidas por cada Conferencia episcopal (cf. núm. 854).

Elementos teológicos

Aunque la terminología distinguiendo la materia y la forma del sacramento ha sido abandonada por el Catecismo de Juan Pablo II, todavía resulta útil para describir los diversos elementos que concurren para la validez del sacramento:

Materia

La materia remota del sacramento del bautismo es el agua verdadera y natural. Simboliza la regeneración a la vida espiritual porque es el principio de la vida natural. Indica purificación y vida nueva. El agua usada en la celebración del sacramento ha de estar bendita o bendecirse durante el rito. La materia próxima con tres modalidades que son consideradas válidas: la inmersión, el derramamiento y la aspersión.

Forma

En Occidente la forma es «Yo te bautizo en el nombre...». En Oriente en cambio y queriendo subrayar la eficacia del sacramento independiente del ministro se usa: «El siervo de Dios, es bautizado...». También se discutió si era necesaria la mención a la Trinidad o bastaba bautizar en nombre del Señor Jesús. El Concilio de Florencia de 1439 declaró la necesidad de la fórmula trinitaria, teniendo en cuenta las palabras de Jesús: «... Y bautícenlos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo». Es de notar que en épocas recientes se han visto dentro de la Iglesia Católica clérigos que innovaron con otras formas bautismales y que han llegado a poner en duda la validez con la que el sacramento fue administrado. Un caso reciente se observó con la Declaración de la Congregación para la doctrina de la fe del 1 de febrero del año 2008 en el que se declaró que los bautismos administrados bajo la fórmula «I baptize you in the name of the Creator, and of the Redeemer, and of the Sanctifier» y «I baptize you in the name of the Creator, and of the Liberator, and of the Sustainer» son absolutamente inválidas y que en esos casos debe administrarse el sacramento con la formula trinitaria tradicional.

Es responsabilidad de los padres, de los padrinos y del ministro que se imponga al bautizando un nombre propio del sentir cristiano

Ministro

En cuanto al ministro del sacramento, se considera ministro ordinario el obispo, el sacerdote y el diácono. Si el ministro ordinario estuviera impedido por algún motivo, el catequista u otro destinado para esta función puede administrarlo. Ahora bien, en caso de necesidad, cualquier persona puede hacerlo, siempre que con este rito quiera cumplir lo que desea la Iglesia a través de él. El código de derecho canónico recomienda que el párroco ofrezca al obispo la posibilidad de bautizar a los adultos mayores de catorce años (cf. canon 863).

Sujeto

Todo ser humano que no haya recibido el bautismo puede acceder a él. En caso de que sea un adulto, éste ha de manifestar su deseo de recibir el bautismo y haber recibido la necesaria instrucción acerca de la fe y de las obligaciones que contrae, mediante un período de catecumenado.

El bautismo de niños es una práctica muy antigua en la Iglesia católica y está confirmada textualmente en escritos del siglo II. Quienes lo cuestionan también suelen cuestionar la teología del pecado original. Ahora bien, no se suele permitir el bautismo de niños que son hijos de no cristianos a menos que estos lo soliciten o que el niño se encuentre en peligro de muerte. El código de derecho canónico de 1983 (canon 868) indica además las siguientes condiciones para el bautizo de niños:

  • El consentimiento de los padres o al menos de uno de ellos (o de quienes hacen las veces de padres)
  • La esperanza fundada de que el bautizando será educado en la religión católica. Si esto no se da, ha de diferirse explicando la dificultad a los padres.

Padrinos

Normalmente se da un padrino al bautizando quien de alguna manera presenta al candidato y se compromete a la educación cristiana del mismo. Ha de ser un padrino y/o una madrina: pero no dos padrinos o madrinas. La edad mínima para ser padrino es de 16 años. Ha de ser católico, confirmado y haber recibido la primera comunión.

Efectos

Los efectos del sacramento según la teología católica son: el perdón de los pecados (se perdona el pecado original, todos los pecados personales y las penas temporales que merezca por ellos), la unión con Cristo dada por el carácter sacramental, el don del Espíritu Santo, el ser hijo adoptivo de Dios Padre, el integrarlo como miembro de la Iglesia.

A efectos prácticos, el bautismo y más concretamente, la partida de bautismo, adscribe al bautizado a la iglesia católica, una vez hecho esto, es necesario apostatar por la ley canónica para desvincularse de la misma.

Teología del rito de iniciación (en la Reforma)

La Reforma involucró una idea distinta de sacramento (dado que para Lutero y sus seguidores estos no producen eficazmente la gracia). De ahí que las denominaciones dependientes de ella se fueran alejando progresivamente de la práctica del bautismo de niños y fueran dando progresiva importancia a la celebración como rito de iniciación. Se dan las siguientes reflexiones dentro de la Reforma:

  • Martín Lutero (Wittenberg, Alemania, 1520): mantiene el bautismo infantil tanto por seguir la tradición (porque fue monje agustino), como por su oposición a los anabautistas quienes enseñaban que el bautismo infantil era ilícito. La salvación estaría en el “agua divina”, donde Dios se hace presente para el perdón.
  • Ulrico Zuinglio (Zúrich, Suiza, 1523): rechaza el bautismo para alcanzar la salvación. La salvación se da ANTES del bautismo, el cual es sólo un símbolo.
  • Juan Calvino (Ginebra, Suiza, 1564): rechaza el bautismo de Zuinglio y el de Martín Lutero. El bautismo es medio normal de la salvación, pero no es necesario. La fe es más importante que el bautismo.
  • Anabautistas (Zúrich, Suiza, 1525): con ideas de Zuinglio. Rebautizaban a la gente por derramamiento de agua como símbolo externo de una salvación previamente recibida por la fe y se oponían al bautismo infantil, aplicándolo solamente a los adultos.

Desde 1608, surgen denominaciones cristianas provenientes de la Reforma que subrayan de manera especial el bautismo. Estas son las Iglesias llamadas bautistas. Las únicas denominaciones protestantes que mantienen el bautismo infantil son la luterana, la presbiteriana, la anglicana y la morava, las demás hacen el bautismo de adultos.

El bautismo para otros cristianos

Las denominaciones la copta, la maronita y las iglesias ortodoxas de Europa oriental y Medio Oriente también practican el bautismo de bebés.

Otros "bautismos" según la teología católica

Bautismo de deseo

También llamado bautismo de caridad. Según algunos teólogos y, dada la necesidad del bautismo para la salvación, los catecúmenos o aquellas personas que querían recibir el bautismo y que han muerto, alcanzarían la salvación en virtud de este bautismo de deseo.

Un ejemplo son aquellos mártires que fueron ejecutados antes de ser bautizados. Esos mártires están bautizados "por el deseo".

Bautismo de sangre

Igualmente, el bautismo de sangre implica la aceptación de la muerte por amor a la Iglesia o para defender una virtud cristiana por parte de un no bautizado.

Bautismo "in voto"

Ya San Agustín, reflexionando sobre el caso del buen ladrón, reconoce que se dan circunstancias en las que se puede recibir el efecto del bautismo sin la recepción del sacramento. Inocencio III, apelando a la autoridad de San Agustín, que en La ciudad de Dios habla del "bautismo invisible", admitió como posibilidad que se reciba el efecto del bautismo sin que haya precedido la administración del sacramento. Y propuso como norma canónica, y por lo tanto como práctica para la Iglesia, el principio establecido por San Agustín: “Dios computa por hecho aquello que queriendo hacerlo no ha sido posible hacerlo”. Con esta determinación quedó establecido a nivel teórico el principio para que llegara a ser doctrina común en la Iglesia la posibilidad del sacramento in voto.

Pero quien introdujo este tema en la literatura teológica fue Pedro Lombardo, y lo incorporó al formular una serie de preguntas sobre cuándo se reciben conjuntamente el sacramento y el efecto del sacramento (sacramentum et res sacramenti), cuándo se recibe solamente el signo sacramental pero sin el efecto (sacramentum et non res sacramenti) y, por último, cuándo se recibe el efecto del sacramento sin que se haya recibido el signo sacramental (res et non sacramenti). En las respuestas admite la posibilidad de recibir el efecto sin la recepción previa del signo, lo cual equivale a recibir el sacramento en voto. Y lo aplica a dos circunstancias. La primera es la de quien confiesa la fe derramando la sangre en el martirio, confesión que se le computa como un acto de justificación plena de todos sus pecados. La segunda es la de quien confiesa su fe sin el martirio porque no lo ha podido recibir.

Dando un paso adelante, Santo Tomás desarrolla la cuestión diciendo que hay tres tipos de bautismo: de agua, de sangre y de penitencia. Al argumentar sobre el bautismo de sangre, recuerda que el bautismo recibe su eficacia de la Pasión de Cristo, con la que se configura quien recibe el efecto del sacramento; y como quien sufre el martirio queda también configurado con dicha Pasión, ha recibido el mismo efecto como si se hubiera bautizado. Otro caso similar es el efecto otorgado por el acto de penitencia y de amor a Dios hecho bajo la moción del Espíritu Santo por quien no puede recibir de hecho el bautismo. A esto le llama Santo Tomás bautismo de penitencia, y le reconoce el mismo efecto santificante que el bautismo sacramental. Y el Santo vuelve sobre el tema cuando se pregunta directamente si alguien puede salvarse sin recibir el bautismo, por haberle sorprendido la muerte inopinadamente. Y contesta: “Éste puede conseguir la salvación sin el bautismo de hecho, por el deseo del bautismo, un deseo que procede de la fe que actúa por la caridad, por la que el hombre es santificado interiormente por Dios, cuyo poder no está limitado a los sacramentos”.

El Concilio Vaticano II ha replanteado esta cuestión ofreciendo una respuesta que, aunque engarza con la doctrina tradicional, tiene características propias. En la Lumen gentium afirma que todos los que todavía no han recibido el Evangelio están ordenados al Pueblo de Dios. Hace mención explícita de los judíos, de los musulmanes y de los que buscan al Dios desconocido. Y al referirse a estos últimos afirma: “Los que sin culpa suya no conocen el Evangelio de Cristo y su Iglesia, pero buscan a Dios con sincero corazón e intentan en su vida, con la ayuda de la gracia, hacer la voluntad de Dios, conocida a través de lo que les dice su conciencia, pueden conseguir la salvación.”

Bautismo en el nombre de Jesús

Desde antiguo, se destaca la controversia entre la Iglesia Católica Romana, y los creyentes de la Unicidad de Dios, con relación a la invocación del nombre de Jesús en el bautismo.

Con el desarrollo de la teología trinitaria, los creyentes en la Unicidad de Dios, confesaron que la iglesia primitiva, siempre administró el bautismo a los creyentes en el nombre de Jesucristo, pero este modelo inicial fue cambiado gradualmente a "en el nombre del Dios Trino: Padre, Hijo, y Espíritu Santo". Por su parte, la Iglesia Católica Romana, etiquetó el bautismo en el nombre de Jesús, como el bautismo realizado por los "herejes". Finalmente, en el Concilio de Florencia de 1439, la Iglesia Católica Romana declaró la necesidad de la fórmula trinitaria.

En los tiempos actuales, los creyentes en la Unicidad de Dios, son conocidos como los pentecostales del nombre de Jesucristo. Los pentecostales apostólicos afirman que la Biblia enseña la necesidad del bautismo como es mostrado en Mateo 28:19, Marcos 16:16, Lucas 24:47, Hechos 2:38, 1. Pedro 3:21, etc. Ellos enseñan que el modo de bautismo es por inmersión completa en el agua, invocando el nombre de Jesucristo. La salvación no se puede recibir sin el bautismo, específicamente sin la invocación del nombre de Jesús, pues esto fue lo que hizo la iglesia primitiva (Hechos 2:38, Hechos 8:16, Hechos 10:48, Hechos 19:5, Hechos 22. 16, Santiago 2.7). El bautismo es parte del plan de Salvación que incluye también el arrepentimiento, la recepción del Espíritu Santo y la dedicación de una vida plena para Dios (Hechos 2:38)

La doctrina del nombre de Jesús, afirma que evidentemente no se realizó ningún bautismo con la formulación Padre, Hijo y Espíritu Santo, no encontrándose un tan solo registro de una persona bautizada de esta manera; ya que el libro de los Hechos redacta únicamente bautismos con la invocación del Nombre de Jesús. Un apoyo fuerte para sostener esta posición son los versículos: Colosenses 3:17, Efesios 4:5 entre otros.

Su base es la explicación de la Unicidad de Dios, puesto que para el pueblo israelita siempre ha existido un solo Dios (Deuteronomio 6:4) y que Jesús no es más que el mismo Jehová del Antiguo Testamento manifestado en carne en el Nuevo Testamento (1 Timoteo 3:16, Colosenses 2:9, Juan 1:1) conforme a las profecías dadas al pueblo de Israel (Ezequiel 34:11, Isaías 35:4. Dios se manifestó en carne, siendo verdadero hombre y verdadero Dios. En cuanto a su Deidad, Jesús es el Padre Eterno; pero en cuanto a su humanidad, Jesús es el Hijo de Dios (Isaías 9:6).

Padre, Hijo y Espíritu Santo, son nombres impropios o títulos de Dios, y Jesús es el nombre propio de Dios, que Él reveló para el tiempo de la gracia. El nombre singular al que se refiere Mateo 28:19, es el nombre de Jesús. El Cumplimiento a ese mandato directo de Jesús a sus discípulos fue cumplido a partir de Hechos 2:38 en adelante. En síntesis, Mateo 28:19 menciona de manera implícita el nombre de Jesús, mientras que el libro de los Hechos y las Cartas apostólicas mencionan de manera explícita el bautismo en el nombre de Jesús.

Bibliografía

  • F. MONTANARI, Vocabolario della lingua greca.
  • K. BECKER, Storia generale del battesimo. Editorial de la Universidad Gregoriana. 1980.
  • P. HAFFNER, Bautismo y confirmación. Editorial Nueva Evangelización. 1999.
  • P. POUPARD, Diccionario de las religiones. Editorial Herder. 1987. ISBN 84-254-1547-0

Véase también

Enlaces externos

Commons

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