Historia de la organización territorial de España

Historia de la organización territorial de España

La Historia de la organización territorial de España, como estado, es un proceso iniciado en el siglo XVI con la unión dinástica de la corona de Aragón y la corona de Castilla y la incoporación del reino de Navarra. No obstante es relevante aclarar el origen y los usos que ha tenido el topónimo España, así como cuáles fueron las divisiones territoriales que existieron anteriormente en el actual territorio español.

Contenido

Definición de España

Artículos principales: España#Etimología y Origen del nombre Hispania

El nombre de España deriva de Hispania, nombre con el que los romanos designaban geográficamente al conjunto de la Península Ibérica, término alternativo al nombre Iberia, preferido por los autores griegos para referirse al mismo espacio. Este nombre se conservó tras la caída del Imperio Romano como designación de la península bajo godos y entre el mundo cristiano grecolatino. La conquista árabe supuso la adopción, durante siglos, del nombre Al Ándalus, aunque el proceso de Reconquista terminó eliminandolo en favor del nombre cristiano, que evolucionó a España.

La unificación de los diversos reinos de esa región geográfica llevó a una correspondencia entre esa región y un estado, rota con la independencia de Portugal en 1640. Desde entonces se usa de forma explícita España para referirse al actual estado mientras que se prefiere Iberia para englobar a éste y Portugal.

En el presente artículo se hablará de la organización territorial del actual estado español, si bien se incluirán la organización de otras zonas peninsulares o limítrofes cuando imponer las fronteras actuales resulte anacrónico.

Etapa prerromana

Artículo principal: Pueblos prerromanos de la Península Ibérica

La península Ibérica fue ocupada, en origen, por pueblos de distintas procedencias (indoeuropeos, ibéricos o de etnogenia desconocida como várdulos y vascones). Estos pueblos no realizaron ninguna división administrativa, organizandose como ciudades o tribus independientes entre sí.

De forma posterior, algunos historiadores han tratado de crear familias de tribus que comparten unas mismas características culturales, particularmente distinguiendo entre íberos del Levante y Sur peninsular, celtas en la meseta y vascones en el norte. Los limites entre unas zonas y otras son motivos de discusión, sin acuerdo con incluir o no a pueblos como los lusitanos entre los celtas o como pueblos per se. Dichas clasificaciones no implican que existiera organización administrativa común entre dichas tribus.

Invasión romana

Primera división de Hispania en dos provincias: Citerior y Ulterior.
División provincial entre el 27 a. C. y el 298. Hispania queda dividida en tres provincias: Tarraconensis, Baetica y Lusitania.
División provincial de Diocleciano en 298.

Los romanos realizaron diversas divisiones de la península a lo largo de la historia de su Imperio:

  • División en el Alto Imperio romano en tres provincias divididas en conventos jurídicos:
    • Hispania Ulterior Bética
    • Hispania Ulterior Lusitania
    • Hispania Citerior Tarraconensis

Reinos visigodos y musulmanes

División territorial visigoda

Con la caída del Imperio romano, los visigodos procedentes de la Galia ocuparon la mayor parte de la península. Mantuvieron la división administrativa provincial Romana (bajo el nombre de "ducados") e incluso crearon nuevos ducados como el de Asturias y Cantabria, y la provincia de Celtiberia y Carpetania.

A partir del 711, los musulmanes empezaron a conquistar la península hasta 1492, en que fueron definitivamente expulsados. El reino musulmán se dividía en coras o kuras, todas las cuales dependían de alguna ciudad. Más tarde, según el poder musulmán iba decayendo, las coras se independizaron, creándose pequeños Estados con su propio rey, los reinos de taifas.

Reconquista

Con la Reconquista se crearon varios reinos cristianos a partir del Reino de Asturias, que en el siglo XII terminaron siendo cuatro: el Reino de Portugal (ya independiente), el Reino de Castilla (ya unido al Reino de León), el Reino de Navarra y el Reino de Aragón (ya unido al Condado de Barcelona). [cita requerida]

Con los Reyes Católicos, cada uno de estos reinos mantuvo sus divisiones administrativas propias: en Castilla, las provincias y en la Corona de Aragón: distritos en Aragón, veguerías en Cataluña y Mallorca, y en Valencia había cuatro gobernaciones y once distritos.

Siglo XVI

Tomás González Hernández, maestrescuela de la Iglesia Catedral de Plasencia, reorganiza el Real Archivo de Simancas, tras el expolio sufrido tras la invasión napoleónica. Su obra Censo de población de las Provincias y Partidos de la Corona de Castilla en el siglo XVI ha constituido la única fuente editada para conocer la población española en la época de los Austrias. El archivero completa el conocido como Libro de los millones con datos de otras regiones: Cataluña, Vascongadas, Navarra, Valencia y Aragón.

Corona de Castilla

Provincias de la corona de Castilla en 1590.

Distribuido entre las 18 ciudades con derecho a voto en Cortes y a su vez subdividido en partidos, que en el censo de 1591–1594 no se denomina de ese modo recibiendo en algunos casos también el nombre de provincia:

Corona de Aragón

Artículo principal: Corona de Aragón

Reino de Navarra

Artículo principal: Reino de Navarra

Intendencias de 1720

División de España en intendencias (1720).

Felipe V creó, tomando como base las provincias preexistentes creadas por los Austrias, la institución de las intendencias. Si bien es cierto que éstas no coincidían siempre con los límites de las provincias, por lo que hubo cierta oposición a esta división.

Veinte fueron las intendencias entonces creadas: las de La Coruña, León, Valladolid, Burgos, Pamplona, Zaragoza, Barcelona, Salamanca, Ávila, Guadalajara, Toledo, Madrid, Ciudad Real, Valencia, Mérida, Sevilla, Córdoba, Granada, Palma y Santa Cruz de Tenerife.[cita requerida]

Fernando VI reordenó los límites de las intendencias, haciéndolos coincidir con las provincias de los Austrias y los antiguos reinos de España.[cita requerida]

Bajo el reinado de Carlos III, el 22 de marzo de 1785, el Conde de Floridablanca promovió la realización de un Prontuario o nomenclator de los pueblos de España y se elaboraron mapas para facilitar el control del reino:

Al final del Antiguo Régimen las jurisdicciones locales ofrecían un cuadro todavía mas obsoleto y anacrónico que el de las viejas provincias; distribuidas en jurisdicciones realengas, abadengas y de señorío secular eran el resultado de circunstancias históricas acumuladas durante el paso de los siglos y representaban la antítesis de la racionalidad y de la eficacia administrativa.[1]

El siglo XIX

Durante el siglo XIX, en España se asiste a una lucha entre el Antiguo Régimen y el Estado liberal, con dos conceptos antagónicos de gobierno. El Estado liberal necesita una nueva ordenación del territorio, que le permita gobernar el país de manera uniforme, recaudar impuestos, y crear un mercado único con leyes iguales para todos.

Prefecturas de 1810

Mapa de la división en prefecturas de 1810.

El nuevo orden llega a España de la mano de Napoleón, que pone a su hermano José Bonaparte en el trono. En mayo de 1808 estalla la guerra de la Independencia. En 1810, el gobierno josefino intenta ordenar el territorio, dividiéndolo en 38 prefecturas, al estilo de las establecidas en Francia, y 111 subprefecturas, según el proyecto del clérigo Llorente. Las prefecturas recibirían nombres relativas a accidentes geográficos, fundamentalmente ríos y cabos. Esta división hacía tabla rasa de los condicionantes históricos, pero nunca llegó a entrar en vigor.

Se crearon 42 prefecturas:

Aunque la Guerra de la Independencia impidió adoptar todas estas reformas, en 1812 un decreto permitió anexionar Cataluña a Francia hasta 1814 como una nueva región dividida en cuatro departamentos:

Primer intento de provincias

Mapa de la división de 1822 en provincias y regiones de España

Las Cortes de Cádiz

En 1811 las Cortes de Cádiz derogan los señoríos jurisdiccionales, desapareciendo así la división entre señorío y realengo, que a pesar de la restauración del absolutismo por parte de Fernando VII en 1814 no volverán a entrar en vigor.

Al tiempo, las Cortes de Cádiz intentan crear un nuevo régimen, también liberal, en el que todas las provincias tengan las mismas obligaciones. La constitución de 1812 no reconoce la personalidad política de los antiguos territorios históricos. Esto fue aprobado por los diputados de todas las provincias, incluidos los territorios americanos. Las Cortes llegan a un sistema nuevo que sí tiene en cuenta los condicionamientos históricos. Se crean 32 provincias, según el nomenclátor de Floridablanca, con algunas correcciones. Pero, además, en 1813 encargan una nueva división provincial a Felipe Bauzá, que determina 36 provincias, con siete provincias subalternas, con criterios históricos. Pero nada de esto se aprobó, y el regreso de Fernando VII supuso la vuelta al Antiguo Régimen, con ciertas modificaciones. En 1817 España estaba dividida en 29 intendencias y 13 consulados.

División territorial de 1822

División territorial de Vascongadas, Navarra y parte de Castilla la Vieja.

Tras el levantamiento del general Riego, durante el Trienio Liberal (1820–1823), se impulsa la construcción del Estado liberal, y con él se promueve una nueva división provincial, aunque primero se recuperan las diputaciones de 1813. Se trataba de que esta división alcanzara a todo el país, sin excepciones, y fuera la trama única para las actividades administrativas, gubernativas, judiciales y económicas, según criterios de igualdad jurídica, unidad y eficacia.

En enero de 1822 se aprueba, con carácter provisional, una división provincial de España en 52 provincias:[3] provincia de Alicante, con capital en Alicante; provincia de Almería, con capital en Almería; provincia de Ávila, con capital en Ávila; provincia de Badajoz, con capital en Badajoz; provincia de Baleares (islas), con capital en Palma; provincia de Barcelona, con capital en Barcelona; provincia de Bilbao, con capital en Bilbao; provincia de Burgos, con capital en Burgos; provincia de Cáceres, con capital en Cáceres; provincia de Cádiz, con capital en Cádiz; provincia de Calatayud, con capital en Calatayud; provincia de Cartagena, con capital en Cartagena,provincia de Canarias (islas), con capital en Sta. Cruz de Tenerife; provincia de Castellón, con capital en Castellón de la Plana; provincia de Ciudad Real, con capital en Ciudad Real; provincia de Chinchilla, con capital en Chinchilla; provincia de Córdoba, con capital en Córdoba; provincia de Coruña, con capital en Coruña; provincia de Cuenca, con capital en Cuenca; provincia de Gerona, con capital en Gerona; provincia de Granada, con capital en Granada; provincia de Guadalajara, con capital en Guadalajara; provincia de Huelva, con capital en Huelva; provincia de Huesca, con capital en Huesca; provincia de Jaén con capital en Jaén; provincia de Játiva, con capital en Játiva; provincia de León, con capital en León; provincia de Lérida, con capital en Lérida; provincia de Logroño, con capital en Logroño; provincia de Lugo, con capital en Lugo; provincia de Madrid, con capital en Madrid; provincia de Málaga, con capital en Málaga; provincia de Murcia, con capital en Murcia; provincia de Orense, con capital en Orense; provincia de Oviedo, con capital en Oviedo; provincia de Palencia, con capital en Palencia; provincia de Pamplona, con capital en Pamplona; provincia de Salamanca, con capital en Salamanca; provincia de San Sebastián, con capital en San Sebastián; provincia de Santander, con capital en Santander; provincia de Segovia, con capital en Segovia; provincia de Sevilla, con capital en Sevilla; provincia de Soria , con capital en Soria; provincia de Tarragona, con capital en Tarragona; provincia de Teruel, con capital en Teruel; provincia de Toledo, con capital en Toledo; provincia de Valencia, con capital en Valencia; provincia de Valladolid, con capital en Valladolid; provincia de Vigo, con capital en Vigo; provincia de Villafranca, con capital en Villafranca; provincia de Vitoria con capital en Vitoria; provincia de Zamora, con capital en Zamora; provincia de Zaragoza, con capital en Zaragoza.

División territorial de España en 1822.

Algunas de estas provincias aparecen por primera vez, como las de Almería y Málaga (desgajadas del tradicional Reino de Granada), Huelva (del Reino de Sevilla), Calatayud o Logroño, y otras aparecen con nombre nuevo como Murcia o las Provincias Vascongadas.

Este proyecto hace pocas concesiones a la historia, y se rige por criterios de población, extensión y coherencia geográfica. Hay una voluntad de superar los nombres históricos, prefiriéndose los de las ciudades capitales. Tampoco se respetan los límites tradicionales de las provincias, configurando un mapa nuevo. Se eliminan los enclaves de unas provincias en otras, si pertenecen a distintos reinos, pero se conservan muchos enclaves cuando se hallan dentro del mismo. Este proyecto generó intensos debates por el número de provincias y la capitalidad, pero no dejaron de ser cuestiones menores.

En 1822 se restablecieron los intendentes provinciales como delegados de Hacienda. Pero la caída del gobierno liberal y la restauración del absolutismo dio al traste con el proyecto. En 1823 se restablecen las provincias del Antiguo Régimen por lo que el plan de 1822 nunca llegó a entrar en vigor.

Reforma territorial de 1833

Mapa de la división territorial de 1833.

Esta reforma llevada a cabo por Javier de Burgos en 1833 se ha mantenido prácticamente sin cambios —a nivel provincial— hasta la actualidad. Dividía el territorio español en 49 provincias a partir de un criterio racional, con un tamaño relativamente homogéneo y eliminando la mayor parte de los exclaves y enclaves propios del Antiguo Régimen. A su vez, agrupaba las provincias en regiones con un carácter meramente clasificatorio, sin reservar para estas regiones ningún tipo de competencia u órgano administrativo o jurisdiccional común a las provincias que agrupaban. La organización territorial era la siguiente:

Destaca como principal diferencia que las islas Canarias no habían sido divididas en dos provincias hasta la fecha, siendo Santa Cruz de Tenerife su capital. En 1927, con la aparición de la provincia de Las Palmas, se aumentó el número de provincias a 50. Otra diferencia es que la mayoría de los estatutos de autonomía toman de base esta división, salvo aquellos que tienen que ver con la región de León, la de Castilla la Vieja y la de Castilla la Nueva.

Intentos de regionalización del siglo XIX

Gobiernos Generales propuestos en el Decreto de Escosura de 1847.

En un intento de regionalizar más la península, Patricio de la Escosura promulga un decreto el 29 de septiembre de 1847 —que se suspendió el mismo año—[4] por el que se dividía a la península en once gobiernos generales:

  • Andalucía capital Sevilla. Provincias de Sevilla, Córdoba, Cádiz y Huelva.
  • Aragón capital Zaragoza. Provincias de Zaragoza, Huesca y Teruel.
  • Burgos capital Burgos. Provincias de Burgos, Santander, Logroño y Soria.[5]
  • Cantabria capital Pamplona. Provincias de Navarra, Alava, Guipúzcoa y Vizcaya.
  • Castilla la Nueva capital Madrid y formada por las provincias de Madrid, Cuenca, Segovia, Guadalajara, Toledo y Ciudad Real.
  • Castilla la Vieja capital Valladolid. Provincias de Valladolid, León, Palencia, Salamanca, Zamora, Ávila y Oviedo.
  • Cataluña capital Barcelona. Provincias Barcelona, Lérida, Gerona y Tarragona.
  • Extremadura capital Badajoz. Provincias de Badajoz y Cáceres.
  • Galicia capital La Coruña. Provincias de La Coruña, Pontevedra, Lugo y Orense.
  • Granada capital Granada. Provincias de Granada, Málaga, Almería y Jaén.
  • Valencia y Murcia capital Valencia. Provincias de Valencia, Murcia, Alicante, Albacete y Castellón.
Estados que componen la Nación Española según el proyecto de Constitución Federal de 1873. No se representan Cuba ni Puerto Rico. Distribución provincial orientativa, dado que su configuración era competencia de los Estados miembros.

En 1873, durante la Primera República Española, se elaboró un proyecto de Constitución que definía a España como una República Federal, integrada por diecisiete estados con poder legislativo, ejecutivo y judicial. Según los artículos 92 y 93, estos «estados» tendrían una «completa autonomía económico-administrativa y toda la autonomía política compatible con la existencia de la Nación», así como «la facultad de darse una Constitución política». Esta constitución, cuyo texto se atribuye principalmente a Castelar, nunca llegó a adoptarse. Al ser una Constitución federal nada señala sobre las provincias, materia competencia de los Estados miembros. El artículo primero de dicho proyecto dice:

Componen la Nación Española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña, Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones Vascongadas.[6]
Regiones propuestas en la reforma impulsada por Segismundo Moret en 1884.

Posteriormente, en 1884, Segismundo Moret presentó un nuevo proyecto de ley de 6 de enero de 1884, que distribuía la península e islas adyacentes en quince regiones administrativas y políticas, aproximándose a la distribución de las Audiencias Territoriales, que también fracasó. Su distribución era:[5]

  • Aragón: Huesca, Logroño, Zaragoza.
  • Asturias: León y Oviedo.
  • Baleares.
  • Canarias.
  • Castilla la Vieja: Burgos, Palencia, Santander y Soria.
  • Cataluña: Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona.
  • Extremadura: Cáceres, Badajoz y Ciudad Real.
  • Galicia: Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra.
  • Granada: Almería, Granada, Jaén y Málaga.
  • Madrid: Guadalajara, Madrid y Toledo.
  • Murcia: Albacete, Alicante y Murcia.
  • Sevilla: Cádiz, Córdoba, Huelva y Sevilla.
  • Valencia: Castellón, Cuenca, Teruel, Valencia.
  • Valladolid: Ávila, Salamanca, Segovia, Valladolid y Zamora.
  • Vascongadas: Álava, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya.
Regiones propuestas en la reforma impulsada por Francisco Silvela en 1891.

Siete años después hubo otro intento de regionalización que tampoco se llegó a consumar, en este caso promovido por Francisco Silvela. Mediante una Real Orden de 20 de julio de 1891 y un Proyecto de Ley en la misma fecha dio cuenta de la intención de organizar el gobierno de la península, Canarias y Baleares en trece regiones. Este proyecto preveía que las regiones alcanzasen una consideración importante como ente autónomo y les asignaba la siguiente distribución:[7]

  • Aragón: capital Zaragoza, incluyendo también a Huesca, Logroño, Soria y Teruel.
  • Asturias: capital Oviedo, incluyendo también a las provincias de Santander y de Gijón. Esta última aparece como una escisión de la anterior provincia de Oviedo.
  • Baleares.
  • Canarias.
  • Castilla la Nueva: capital Madrid, incluyendo también a Cuenca, Guadalajara, Ávila, Toledo y Segovia.
  • Castilla la Vieja: capital Valladolid, incluyendo también a Burgos, León, Palencia, Salamanca y Zamora. Salamanca se divide en dos y se reparte con Extremadura.
  • Cataluña: capital Barcelona, incluyendo también a Gerona, Lérida y Tarragona.
  • Extremadura: capital Badajoz, incluyendo también a Cáceres, Ciudad Real y Salamanca (resto de la provincia que no queda en Castilla la Vieja).
  • Galicia: capital La Coruña, incluyendo también a Lugo, Orense y Pontevedra.
  • Granada: capital Granada, incluyendo también a Almería, Jaén y Málaga.
  • Sevilla: capital Sevilla, incluyendo también a Cádiz, Córdoba y Huelva.
  • Valencia: capital Valencia, incluyendo también a Albacete, Alicante, Castellón y Murcia.
  • Vascongadas: sin capital definida. La capital sería elegida entre las provincias integrantes, que son Álava, Guipúzcoa, Navarra y Vizcaya.

Las únicas cuatro regiones peninsulares que mantienen sus límites en todos los proyectos de regionalización son Cataluña, Galicia, Granada (denominada Andalucía Alta en la Constitución de 1873) y Sevilla (denominada Andalucía en el proyecto de Escosura y Andalucía Baja en la Constitución de 1873).

Organización territorial de España en la actualidad. El Estado de las autonomías

División territorial de España tras 1978.

Tras la aprobación de la Constitución de 1978, España se vertebra en 17 comunidades autónomas y dos ciudades autónomas. Cada autonomía se divide en varias provincias —excepto las uniprovinciales— que son las mismas, salvo modificaciones menores, que las de la división de Javier de Burgos.

Las diecisiete autonomías son: Andalucía, Aragón, Islas Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, País Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia, La Rioja. A esto se añaden las ciudades de Ceuta y Melilla, segregadas en 1995 respectivamente de las provincias de Cádiz y de Málaga, que adquirieron el estatuto de ciudades autónomas.

Véase también

Referencias

  1. Martínez Díez, Gonzalo, p. 113
  2. a b García González, Miguel J., Historia de El Bierzo. La provincia de El Bierzo. ISBN 84-88635-02-8. En 1809 (durante la ocupación francesa) a El Bierzo se le llamó «Departamento del Sil», convirtiéndose los partidos que formaban la división de 1780 en los siguientes: Asturias se llamó «Cabo de Peñas»; León, «Departamento del Esla», y Ponferrada, «Departamento del Sil», como ya se ha dicho. En 1810, el rey José Bonaparte estableció una prefectura en Orense de la que dependía la subprefectura del Sil (lo que actualmente es El Bierzo, Laciana y Valdeorras).
  3. División provisional del territorio español de 27 de Enero de 1822, Instituto de Historia, Consejo Superior de Investigaciones Cientificas (CSIC)
  4. El intento regionalista de Ibáñez Martín (1923)
  5. a b Molero, Juan Carlos, Public Spending and Fiscal Federalism in Spain. Period 1984–1998
  6. Artículo 1º de la Constitución Federal de la Primera República Española, de 1873
  7. Rubiales, Amparo (1973). La Región: historia y actualidad. Sevilla: Inst. García Oviedo. 

Bibliografía

Enlaces externos


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