Obispo

Obispo

Un obispo es un sacerdote que recibe el sacramento del orden sacerdotal en su máximo grado, que es el episcopado (del griego επισκοπος epískopos, 'vigilante, inspector, superintendente'). Desde un punto de vista etimológico es aquella dignidad eclesiástica encargada del control y vigilancia del cumplimento de las leyes de la Iglesia o derecho canónico en el territorio de su jurisdicción o diócesis. En el más estricto sentido de tal derecho canónico, es el miembro de la Iglesia que ha recibido la plenitud del sacerdocio ministerial por el sacramento del orden, sucesor de los apóstoles y pastor encargado del gobierno de una diócesis; en virtud de la "colegialidad", comparte con el Papa y con los demás obispos la responsabilidad sobre la Iglesia entera.

Contenido

Clases de obispos

  • Obispo Ordinario Es el designado por el Papa para que gobierne una Diócesis o Iglesia Particular, es también conocido con el nombre de Obispo Diocesano.
  • Obispo auxiliar es el asignado a un obispo ordinario para que le supla o ayude en el gobierno de la diócesis.
    • Antiguamente recibía también el nombre de obispo de anillo, con título in partibus infidelium, ya que tomaba título del territorio o país que había dejado de ser de la Cristiandad o estaba dominado por los infieles y en el cual no residía. Actualmente se le denomina obispo titular, pues poseen el título de una diócesis que ya no existe o que se halla en un país de fe mayoritariamente no cristiana.
  • Obispo coadjutor es el designado para que ayude al obispo ordinario en el gobierno de una Diócesis, teniendo el derecho a sucesión esa sede episcopal cuando esta quede vacante.
  • Obispo electo era el que únicamente tenía el nombramiento por parte del rey, sin estar aún consagrado ni confirmado por Roma. Actualmente es aquel obispo que aún no ha tomado posesión de su nueva sede episcopal pero su nombramiento ya se ha hecho publico, sea este un Obispo en Ejercicio o un Sacerdote que hasta el momento de su Nominación, no hubiese recibido la Ordenación Episcopal.
  • Obispo preconizado, actualmente son aquellos que han sido nombrados por el Papa pero que todavía no han sido ordenados o tomado posesión del gobierno de su diócesis.
  • Obispo regionario era aquel que, sin tener silla episcopal asignada, iba a ejercer su ministerio a diferentes lugares en virtud de las necesidades de la Iglesia.
  • Obispo sufragáneo es el de una diócesis que, junto con otras, forma la provincia eclesiástica o territorio gobernado por el arzobispo.

Características

Cada obispo tiene a su cargo el gobierno y cura de una Iglesia local, organizadas territorialmente como diócesis (a modo de las romanas). Cada diócesis se estructura habitualmente alrededor de una ciudad, y en esa ciudad se encuentra la iglesia principal (catedral), de la que es titular su obispo y en donde se encuentra su cátedra (sitial), lugar desde donde preside las celebraciones litúrgicas, eventualmente imparte justicia y confiere los sacramentos.

Las cualidades de un Obispo en el Nuevo Testamento

La Primera epístola a Timoteo, 1 Timoteo, Capítulo 3, recoge los requisitos de los obispos:

  • 1 Palabra fiel: «Si alguno anhela obispado, buena obra desea».
  • 2 Pero es necesario que el obispo sea irreprochable, marido de una sola mujer, sobrio, prudente, decoroso, hospedador, apto para enseñar;
  • 3 que no sea dado al vino ni amigo de peleas; que no sea codicioso de ganancias deshonestas, sino amable, apacible, no avaro;
  • 4 que gobierne bien su casa, que tenga a sus hijos en sujeción con toda honestidad;
  • 5 pues el que no sabe gobernar su propia casa, ¿cómo cuidará de la iglesia de Dios?;
  • 6 que no sea un neófito, no sea que envaneciéndose caiga en la condenación del diablo.
  • 7 También es necesario que tenga buen testimonio de los de afuera, para que no caiga en descrédito y en lazo del diablo.

Estas estipulaciones son seguidas por todas las confesiones cristianas. Lo único que varía es la posibilidad de contraer matrimonio, la cual es negada en las iglesias católica, ortodoxa y copta, entre otras, en virtud de Lc 14:25 que dice: "Caminaba con Jesús un gran gentío. Se volvió hacia ellos y les dijo: «Si alguno quiere venir a mí y no se desprende de su padre y madre, de su mujer e hijos, de sus hermanos y hermanas, e incluso de su propia persona, no puede ser discípulo mío." del cual se entiende que si el obispo debe ser la persona más entregada a Dios, por tanto este versículo se le aplica cabalmente (ver también Mt 19:10-12 y 1-Cor 7 en especial vers. 32-34)

Orden de los obispos según Isidoro de Sevilla

En sus Etimologías del siglo VII, Isidoro de Sevilla considera al obispo como el mayor grado de clérigo y distingue para él, cuatro órdenes:[1]

  • Patriarca, "padre de los príncipes", "el más eminente de los padres", ocupa el primer lugar, el apostólico, como es el caso de los patriarcas romano, antioqueno o alejandrino.
  • Arzobispo, "príncipe de los obispos", "el más importante de los obispos", desempeña una función viceapostólica y preside a los metropolitanos y a los demás obispos.
  • Metropolitano, "episcopado", obispo colocado por encima de los demás, denominados así por la importancia de la capital de una provincia a quien le ha sido confiada su custodia.
  • Obispo propiamente dicho.

Forma de elección de los Obispos

Originalmente cada obispo era elegido por el clero y los fieles de la diócesis por aclamación. Las dificultades derivadas de este procedimiento electivo pronto llevaron a abusos, y pasaron a ser elegidos solo por el clero. Progresivamente fue centralizándose el nombramiento, para terminar esta responsabilidad electiva en los presbíteros del cabildo catedralicio. En la actualidad son nombrados de manera directa por el Papa en el caso de la Iglesia católica o el Patriarca en el caso de la Iglesia ortodoxa y copta. El modo que sigue la Iglesia católica es el siguiente: El Nuncio Apostólico de cada país reúne información en cada provincia eclesíastica del país sobre los candidatos al Episcopado, enviándola a la Santa Sede. Una vez estudiado cada caso, se procede a la elección. El Nuncio consulta al sacerdote si acepta su elección como Obispo. Una vez que el presbítero ratifica su deseo, se emite la Bula y se hace público el nombramiento episcopal.

Los Obispos en la Iglesia Católica

Obispo católico

En la Iglesia católica los obispos son los sucesores de los apóstoles, y como tales, son constituidos como pastores para que sean maestros de la doctrina, sacerdotes del culto sagrado y ministros para el gobierno (Código de Derecho Canónico, can. 375, 1). El obispo tiene la plenitud del sacerdocio, con potestad total, por la que gobierna una iglesia local o particular en comunión con el Papa. El obispo en cada diócesis ocupa el centro de la iglesia local, y, ayudado por su presbiterado, tiene autoridad máxima en materia de magisterio, santificación y gobierno. El obispo tiene también la responsabilidad de la pastoral de la diócesis.

El obispo que está a cargo de una diócesis se le conoce también como obispo ordinario u obispo diocesano.

Los obispos titulares [1], llamados obispos In partibus Infidelium, son aquellos que no tienen responsabilidad territorial y se los designa para ayudar a algún obispo ordinario. Estos son los obispos auxiliares y los obispos coadjutores. Para proceder a su consagración se los crea "titulares" de una antigua diócesis, que esté hoy desaparecida. También se consagran obispos titulares a quienes forman la jerarquía de la Curia romana y de la diplomacia vaticana, sin responsabilidades en la cura de almas.

Los arzobispos y patriarcas son, en realidad, obispos a cargo de una sede metropolitana (archidiócesis), con la misma plenitud de orden que aquellos de sus compañeros que tienen el título de una diócesis local.

Los obispos forman parte del episcopado, y, junto con el Papa, forman el Colegio Episcopal, en el que este último ostenta la primacía: «En virtud de su oficio, el Romano Pontífice no sólo tiene potestad sobre toda la Iglesia, sino que ostenta también la primacía de potestad ordinaria sobre todas las Iglesias particulares y sobre sus agrupaciones, con lo cual se fortalece y defiende al mismo tiempo la potestad propia, ordinaria e inmediata que compete a los Obispos en las Iglesias particulares encomendadas a su cuidado» (Código de Derecho Canónico, can. 333, 1).

Atributos de un obispo

Elementos comunes del escudo heráldico de un obispo

Un obispo de la iglesia católica tiene diferentes atributos característicos:

  • Lleva una cruz pectoral y un anillo, símbolo el primero de su consagración a Cristo y el segundo como de alianza con la Santa Iglesia y con su cabeza el Papa de Roma. Si este Obispo fuere de Schoenstatt (como es el caso del Cardenal Francisco Javier Errázuriz Ossa), deberá usar en su Cruz Pectoral, la Cruz de la Unidad, que representa a dicho Movimiento.
  • Su vestimenta eclesiástica es de color violeta;
  • Lleva una mitra en las ceremonias litúrgicas, símbolo de la autoridad con la que ha sido revestido en su ordenación, autoridad que no le viene de los hombres sino de Dios, de ahí su forma;
  • Tiene un báculo pastoral símbolo de su función de pastor;
  • Elige un lema que deberá tener siempre presente en sus actuaciones;
  • Tiene una heráldica eclesiástica compuesta por un escudo propio de cada obispo rodeada de los ornamentos exteriores comunes a todos los obispos: un sombrero sinople (verde) acompañado por un cordel con seis borlas. El escudo está colocado sobre una cruz procesional que lo atraviesa.

Cualidades Exigibles en un Obispo

Siguiendo los consejos paulinos a Timoteo , el Código de Derecho Canónico de 1983 en su canon 378, establece que, para la idoneidad de los candidatos al episcopalado, se requiere que el interesado sea:

  • Insigne por la firmeza de su fe, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia y virtudes humanas, y dotado de las demás cualidades que le hacen apto para ejercer el oficio de que se trata.
  • De buena fama.
  • De al menos treinta y cinco años.
  • Ordenado presbítero al menos cinco años antes.
  • Doctor, o al menos licenciado, en Sagrada Escritura, Teología o Derecho Canónico por un instituto de estudios superiores aprobado por la Sede Apostólica, o al menos verdaderamente experto en esas disciplinas.

El juicio definitivo sobre la idoneidad del candidato corresponde a la Sede Apostólica.

Texto de juramento obispal salmantino

Nombramiento de Obispos

En la Iglesia católica el nombramiento de obispos es una atribución exclusiva del Papa, y sus mecanismos están recogidos por el Código de Derecho Canónico de 1983 en su canon 377:

1. El Sumo Pontífice nombra libremente a los Obispos, o confirma a los que han sido legítimamente elegidos.
2. Al menos cada tres años, los Obispos de la provincia eclesiástica o, donde así lo aconsejen las circunstancias, los de la Conferencia Episcopal, deben elaborar de común acuerdo y bajo secreto una lista de presbíteros, también de entre los miembros de institutos de vida consagrada, que sean más idóneos para el episcopado, y han de enviar esa lista a la Sede Apostólica, permaneciendo firme el derecho de cada Obispo de dar a conocer particularmente a la Sede Apostólica nombres de presbíteros que considere dignos e idóneos para el oficio episcopal.
3. A no ser que se establezca legítimamente de otra manera, cuando se ha de nombrar un Obispo diocesano o un Obispo coadjutor, para proponer a la Sede Apostólica una terna, corresponde al Legado pontificio investigar separadamente y comunicar a la misma Sede Apostólica, juntamente con su opinión, lo que sugieran el Arzobispo y los Sufragáneos de la provincia, a la cual pertenece la diócesis que se ha de proveer o con la cual está agrupada, así como el presidente de la Conferencia Episcopal; oiga además el Legado pontificio a algunos del colegio de consultores y del cabildo catedral y, si lo juzgare conveniente, pida en secreto y separadamente el parecer de algunos de uno y otro clero, y también de laicos que destaquen por su sabiduría.
4. Si no se ha provisto legítimamente de otro modo, el Obispo diocesano que considere que debe darse un auxiliar a su diócesis propondrá a la Sede Apostólica una lista de al menos tres de los presbíteros que sean más idóneos para ese oficio.
5. En lo sucesivo no se concederá a las autoridades civiles ningún derecho ni privilegio de elección, nombramiento, presentación y designación de Obispos.

Instituciones Colegiales

Como se ha dicho, los obispos son miembros del Colegio Episcopal -cuya cabeza es el Sumo Pontífice- en virtud de la consagración sacramental y de la comunión jerárquica con la cabeza y demás miembros del Colegio, que es sujeto de la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia. La potestad del Colegio de los Obispos sobre toda la Iglesia se ejerce de modo solemne en el Concilio Ecuménico (Código de Derecho Canónico, can. 336 y ss.).

Por otra parte, los obispos escogidos de las distintas regiones del mundo se reúnen en ocasiones determinadas para fomentar la unión estrecha entre el Papa y los obispos, y ayudar al Santo Padre con sus consejos para la integridad y mejora de la fe y costumbres y la conservación y fortalecimiento de la disciplina eclesiástica, y estudiar las cuestiones que se refieren a la acción de la Iglesia en el mundo. A esta asamblea se le llama sínodo de los Obispos y está regulada por el Código de Derecho Canónico en los cánones 342 a 348.

Tratamiento Institucional de los Obispos

El tratamiento tradicional en España para el clero de cualquier cargo en la curia (es decir, algo más que cura "raso") era de "Ilustrísima". Sin embargo los títulos oficiales usados por la Iglesia son los que ahora se detallan:[2]

  • La fígura del Romano Pontífice, Obispo (o Arzobispo) de Roma usa el título de Su Santidad (S.S.)
  • Los miembros del consistorio, esto es Cardenales, sean o no obispos (aunque generalmente lo son), tienen el título de Eminentísimo y Reverendísimo Señor Doctor[3] D. (Emmo. y Rvmo. ...)
  • Los demás Obispos tienen el título de Excelentísimo y Reverendísimo Sr. Dr. D. (Excmo. y Rvdmo. ...), sean arzobispos, miembros de la curia, nuncios apostólicos o demás cargos episcopales. Además, se les nombra como Monseñor, aunque este título puede ser aplicado a cualquier miembro del clero que reciba este título por bula papal.

Pese a que tradicionalmente se les haya llamado como Su Ilustrísima o Ilustrísimo Señor (Ilmo. Sr.), este título corresponde únicamente a los miembros de la Curia Diocesana, Vicarios territoriales, Vicarios y Pro-vicarios generales (que pueden hacer en ciertos casos las veces del obispo), miembros del tribunal eclesiástico metropolitano, Rectores del Seminario Diocesano y demás a quien el Ordinario conceda el título. Los miembros del cabildo catedralício o de los cabildos colegiales tienen el título de Muy Ilustres Señores (M.I.Sr.), distinto del de Ilmo. Sr.

Legislación Canónica

Todo lo referido a los obispos en la Iglesia católica está legislado en el Código de Derecho Canónico de 1983, Libro II, Parte II, Sección II, Título I, Capítulo II, cc. 375-411.[2]

Obispos católicos de ritos orientales

Los obispos en la Iglesia ortodoxa

Obispo ortodoxo

El obispo tiene el más alto grado de jerarquía en la iglesia ortodoxa. Es la personificación de la sucesión apostólica y quien preside la Divina Liturgia. Él es el icono de Cristo y pastor de una iglesia en particular a la que llamó en sus títulos oficiales. Es el supervisor y el jefe de la doctrina y la enseñanza de su rebaño y el responsable de asegurar la comunión en su diócesis y de la comunión de su Iglesia con las otras iglesias ortodoxas.

Sólo los hieromonjes (monjes-sacerdotes) tienen acceso al episcopado, ergo, los obispos ortodoxos están obligados al celibato, en contra de los sacerdotes ortodoxos pueden casarse (pero sólo antes de su ordenación al diaconado).

Títulos episcopales

Un obispo puede llevar a diferentes títulos:

  • Arzobispo: Se refiere al obispo que preside una diócesis particularmente importante, ya sea por su tamaño, su relevancia histórica o por ambas
  • Metropolita o Metropolitano: Se refiere al obispo que ocupa un asiento a la cabeza de una provincia importante (uso en Rusia) o si tiene cualquier cargo como titular (uso griego). En el Patriarcado Ortodoxo de Antioquía, los Metropolitanos son los obispos que tienen voz y voto en la máxima institución de la iglesia ortodoxa: el Santo Sínodo (es el equivalente al rango católico de Cardenal)
  • Patriarca: Se refiere al obispo que ejerce la jefatura de una iglesia ortodoxa determinada, el que preside el Santo Sínodo de la misma y el representante de ella ante otras Iglesias, Religiones y Estados.
  • Auxiliar: Se refiere al obispo que asiste a un obispo titular.

Atributos del obispo

Obispo Ortodoxo portando su Mandyas

Un obispo de la iglesia ortodoxa tiene diferentes atributos característicos:

  • Está vestido como un monje (raso de color negro) con su kamelaukion; una especie de birreta cilíndrica) cubierto con un velo que cubre la nuca y cae sobre las espaldas del obispo, símbolo de obediencia, humilidad y renuncia mundana. Generalmente es de color negro, más en las iglesias de tradición eslávica los Arzobispos Metropolitanos ocupan un kamelaukion de color blanco. Sirve al obispo en aquellas ceremonias religiosas en que no usa la mitra.
  • Lleva una Panagia, consistente un medallón pectoral que representa a la Madre de Dios y el recordatorio para el obispo que debe honrar a Cristo y a su Madre con corazón puro y espíritu recto.
  • Lleva un bastón de madera llamado kazranion que representa su dignidad episcopal
  • Si el obispo está presente en la Divina Liturgia sin presidirla, lleva el Mandyas, manto de color morado con franjas rojas y blancas.

En la divina liturgia, cuando oficia el Obispo (Divina Liturgia Pontifical) su vestimenta episcopal cambia:

  • Viste de una túnica corta de medias mangas llamada Sakkos la cual se encuentra bordada y abierta de arriba abajo por los costados unidas entre sí por cintas o broches con pequeños cascabeles, el cual simboliza el manto de burla con que cubrieron a Cristo los soldados romanos.
  • Sobre el Sakkos lleva el "Omoforio" bufanda de lana de gran tamaño que se dobla alrededor de la cabeza y cae por delante y por detrás. Simboliza la oveja perdida que Cristo lleva en sus hombros. Es el símbolo del episcopado.
  • Lleva una mitra (corona con cúpula).
  • Lleva la paterisa; el báculo pastoral del obispo rematado con un cruz rodeado por serpientes enfrentadas que simbolizan la prudencia y la sabiduría con que el obispo (en su función de pastor) debe dirigir a la feligresía a su cargo.

Tratamiento Institucional de los Obispos

El tratamiento tradicional es de "Su Eminencia" (abreviado S. E. Mons.) y en el caso de los Arzobispos y Metropolitanos "Su Eminencia Reverendísima" (en abreviatura S. E. R. Mons.). En el trato ordinario "Monseñor". En la firma los obispos ponen su nombre monacal (antepuesto de una cruz), la sede (la ciudad y el territorio diocesano) y a la iglesia a que pertenecen. Por ejemplo:

+ Tarasios

Arzobispo Metropolitano de Buenos Aires y Exarca de Sudamérica

Patriarcado Ecuménico de Constantinopla

Los obispos en las iglesias protestantes

Los obispos en las Iglesias Anglicanas y Episcopales

Estas iglesias consideran como uno de sus características la organización jerárquica fundamentada en la sucesión apostólica, como lo hace la Iglesia Católica Romana. Al separarse la Iglesia de Inglaterra de la auctoritas del Papa en tiempos de Enrique VIII, la mayoría de los obispos y sacerdotes se adhieren al Acta de Supremacía, y en ellos permanece la "sucesión apostólica", por lo que no dudan de que sus obispos y presbíteros estén legítimamente ordenados.

Los obispos Anglicanos y Episcopales son cabeza de sus respectivas diócesis y se organizan en Iglesias "nacionales" bajo la presidencia (como primum inter pares) de uno de ellos, quien ostenta el título de "Arzobispo, Obispo Primado u Obispo Presidente", y todas las Iglesias nacionales que pertenecen a la Comunión Anglicana, se reúnen en el Consejo Anglicano, presidido honoríficamente por el arzobispo de Canterbury, cabeza de la Iglesia de Inglaterra. Las virtudes exigibles a un obispo son similares a las que piden católicos y ortodoxos, y la forma de acceso al episcopado suele desarrollarse dentro de una carrera eclesiástica, de tipo funcionarial. Los obispos son elegidos por el Sínodo de la diócesis, y su elección usualmente confirmada por la autoridad metropolitana. Aunque ya en 1947 se ordenó como "presbítera" a una mujer china, a partir de la década de 1990 algunas Iglesias nacionales admiten la ordenación episcopal de mujeres, y el acceso al episcopado de homosexuales que ejercen como tales, cuestiones que han supuesto dentro de la Confesión Anglicana, y de otras comuniones o familias de iglesias grandes desavenencias.

Las Iglesias Vetero Católica considera válidas las ordenaciones anglicanas y episcopalianas y la Iglesia Ortodoxa de Antioquía|Patriarcado Ortodoxo de Antioquía expresó en 1922 que consideraba las órdenes anglicanas como equiparables a las de la Iglesia de Roma y las otras Iglesias orientales, sólo algunas organizaciones religiosas han tratado de negar la Consagración Episcopal de Tomás Cranmer. Cuando murió el Arzobispo Warham, el rey consiguió la confirmación papal del nombramiento de Cranmer a la sede de Cantórbery y fue consagrado el 30 de marzo de 1533. Los Anglicanos y Episcopales no tienen duda alguna de la validez de sus ordenaciones.

Los Obispos en las Iglesias Evangélicas

También hay obispos en estas Iglesias, ellos no utilizan vestiduras sagradas, muchas de las iglesias evangélicas tienen el triple orden de obispos, presbíteros y diáconos, y son ministros ordenados, así como en otras los ministros son simplemente un hermano que los guía. En el caso de las iglesias evangélicas con obispos, se les da bastante honra a quien ostenta esa dignidad. En la actualidad desde el año 2000 en adelante muchos obispos evangélicos de corte pentecostal están utilizando la camisa clerical. En otras al ser ordenados como pastores o como obispos les colocan una banda con su título correspondiente, como es el caso del Concilio Evangélico de Chile y la Misión de la Iglesia del Señor en Chile.

Obispos canonizados durante el siglo XX

Durante el siglo XX fueron canonizados veintidós obispos en la Iglesia Católica:[4]

Véase también

Referencias

  1. San Isidoro de Sevilla, Etimologías, Libro VII, Ediciones de Oroz Reta y M. Díaz y Díaz, vol. I, B.A.C., Madrid, 1982, p. 679-681.
  2. http://www.protocolo.org/social/tratamientos/tratamientos_eclesiasticos_como_tratar_a_los_cargos_eclesiasticos_tratamientos_en_la_iglesia.html
  3. Uno de los requisitos para ser elegido obispo es ser doctor en teología, pues como pastor de la diócesis propia, es su primer intérprete y maestro, y tiene el título de Doctor.
  4. Juan Pablo II. Homilía en la Misa de clausura de la X Asamblea General Ordinaria del Sínodo de Obispos (27-X-2001)

Enlaces externos


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Sinónimos:

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