Organización territorial del Virreinato del Perú

Organización territorial del Virreinato del Perú
Máxima extensión del Virreinato del Perú (verde claro) y su extensión final (verde oscuro).

El Virreinato del Perú fue una entidad territorial establecida por la Corona de España, durante su período colonial de dominio americano.

Para su creación se tomó como base a los territorios de las gobernaciones de Nueva Castilla y de Nueva Toledo.

Desde el siglo XVI, XVII y comienzos del siglo del siglo XVIII, al momento de su mayor extensión, el Virreinato del Perú llegó geográficamente a abarcar desde el istmo de Panamá hasta el extremo sur de Sudamérica bordeando principalmente el océano Pacífico y también parte del océano Atlántico. Su extensión geográfica superó los límites del Imperio inca, pero a lo largo del siglo XVIII y hasta la independencia de esas zonas respecto del poder español, apenas comprendía poco más de lo que hoy en día es el Perú.

El virreinato comprendió territorios de las actuales Repúblicas de: Panamá, Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia, Paraguay, Chile, Argentina y Uruguay, además de regiones del oeste del Brasil y sur de Venezuela. La capital del virreinato era la ciudad de Lima.

Contenido

Modificaciones territoriales

Mapa del Virreinato del Perú hacia fines del siglo XVIII, incluyendo la Capitanía General de Chile y sus reclamaciones.

En el siglo XVI y a principios del siglo XVII fueron realizadas tres expediciones desde el Perú en busca de la Terra Australis Incognita que partieron desde el puerto de El Callao y realizaron el descubrimiento de las islas Salomón, Vanuatu (Nuevas Hébridas) y otros archipiélagos, sin poder lograr su colonización. En 1606 Pedro Fernández de Quirós tomó posesión de todas las tierras del Sur hasta el Polo.[1] Quirós desembarcó en esa isla que creyó era parte del continente meridional y la llamó la Austrialia del Espíritu Santo (mezclando las palabras Austral y Austria, dinastía reinante en España y Portugal). La isla todavía se llama Espíritu Santo. Allí fundó una colonia que llamó Nueva Jerusalén. Pero la colonia fue pronto abandonada debido a la hostilidad de los habitantes de la isla y a los desacuerdos entre los componentes de la expedición.

Los Borbones como parte de sus reformas, crearon los virreinatos de Nueva Granada (1717-1723, 1739-1810) y del Río de la Plata (1776-1811), dada la dificultad de administrar un área geográfica tan grande, diviviendo el territorio en tres partes.

En 1739 se creó el virreinato de Nueva Granada. Por orden real, a la Audiencia de Quito se incorporaron las tierras de Jaén de Bracamoros, Maynas, Quijos, Sucumbios y Canelos.

La ciudad chilena de Valdivia, luego de ser refundada en 1645, pasó a depender directamente del Virreinato del Perú hasta 1740, fecha en la cual pasó a depender nuevamente de la Capitanía General de Chile. En 1812 volvió a la jurisdicción del Perú hasta el 4 de febrero de 1820, fecha en que fue tomada por los independentistas chilenos. Entre el 1 de junio de 1798 y el 28 de octubre de 1802, Osorno estuvo bajo la jurisdicción directa del virrey del Perú. Luego pasó a depender de la Intendencia de La Concepción de la Capitanía General de Chile

El rey emitió una Real Orden el 20 de agosto de 1767 mediante la cual transfirió el gobierno de Chiloé a la jurisdicción directa del virrey del Perú con el fin de que pudiera facilitarse la construcción de defensas. El 28 de marzo de 1768 el virrey separó provisoriamente a Chiloé de la jurisdicción del capitán general de Chile y de la Real Audiencia de Santiago:

(...) separar, al ménos por ahora, i con dependencia de la aprobacion de S. M., la jurisdiccion temporal de aquella isla i sus adyacencias de la capitania jeneral de Chile i real audiencia de Santiago; i sujetarlas a éstas de donde con mas prontitud i facilidad se pueden ministrar auxilios militares i politicos por medio de la frecuente navegacion, como que de esta capital dimanan i han dimanado los recursos del situado i sinodo (...) Como virrei i capitan jeneral de los reinos del Perú i Chile, mando en nombre de S. M. que la espresada provincia, sus castillos, islas, plazas i fortalezas, por ahora i miéntras duraren las operaciones que se van a emprender para su fortificacion, mejor servicio del rei i beneficio de dichos naturales, queden sujetas a esta capitania jeneral i en lo politico a esta real audiencia, adonde podren interponer los recursos que permiten las leyes.[2]

El rey aprobó la provisión del virrey mediante la Real Orden del 15 de octubre de 1768, permaneciendo Chiloé bajo jurisdicción del Obispado de Concepción.

En 1770 el virrey Manuel Amat y Juniet envió una expedición a la isla de Pascua, tomándose posesión de la isla el 15 de noviembre de 1770 en nombre de la Corona española y nombrándosela Isla San Carlos.[3] Entre 1772 y 1775 el mismo virrey envió tres expediciones a la isla de Tahití, tomando posesión de la misma y estableciendo una misión franciscana que fue evacuada en 1775.[4]

Una Real Cédula del 25 de diciembre de 1773 ordenó agregar los corregimientos de: Suya y Chillaos y Lamas al de Chachapoyas; el de Pomabamba al de Tomina; el de Apolobamba al de Larecaja; el de Yamparáez a la Ciudad de La Plata, separándose ésta del de Potosí.

La Real Cédula del 15 de julio de 1802, formó el gobierno y la Comandancia General de Maynas con todos los territorios de la región amazónica, segregándolo del virreinato de Nueva Granada y de la Real Audiencia de Quito y agregándolo al virreinato del Perú, al mismo tiempo que se creaba el obispado de Maynas con igual extensión.

he resuelto: se tenga por segregado del Virreynato de Santa Fé y de la Provincia de Quito, y agregado a ese Virreynato [Perú] el Gobierno y Comandancia General de Maynas [...] extendiéndose aquella Comandancia General, no sólo por el río Marañón abajo, hasta las fronteras de las colonias portuguesas, sino también, por todos los demás ríos que entran al mismo río Marañón por sus márgenes septentrional y meridional, como son: Morona, Huallaga y Pastaza, Ucayali, Napo, Yavarí, Putumayo, Yapurá y otros menores considerables, hasta el paraje en que estos ríos, por sus saltos y raudales inaccesibles, dejan de ser navegables. [2]

El 7 de julio de 1803 una real cédula incorporó el Gobierno de Guayaquil al Virreinato del Perú separándola de la jurisdicción de Quito: "Sobre defensa de la ciudad y puerto de Guayaquil (...) debe depender el Gobierno de Guayaquil del Virrey de Lima, y no del de Santa Fe, pues éste no puede darle como aquél en los casos necesarios los precisos auxilios (...)". Otra real cédula en 1819 ordenó la restitución de Guayaquil al virreinato de Nueva Granada, aclarando que la real cédula de 1803 sólo le concedía al virrey del Perú jurisdicción sobre la defensa de la ciudad y el puerto de Guayaquil.

El 1 de octubre de 1803 el rey mediante Real Orden transfirió el puerto de Paposo a la jurisdicción del Perú, separándolo de la de Chile, pero, de acuerdo a la historiografía tradicional chilena, la orden no fue cumplida por el virrey:

Enterado el Rey del abandono en que se halla el puerto de Nuestra Señora del Paposo y sus inmensas costas en el mar del Sur, así como de las proporciones que ofrece el territorio inmediato y el desierto de Atacama para cría de ganados, (...) Así mismo, ha resuelto S. M. que el expresado puerto, sus costas y territorio se agreguen al virreinato de Lima, así para el gobierno político, como para lo militar, por la mayor facilidad con que lo puede defender, y porque siendo digno de toda atención, es consiguiente que dependa de aquella capital, cuyo apostadero extiende su jurisdicción hacia el Sur á todos los puertos y costas hasta Chiloé; y teniendo S. M. presente que en esta empresa son tan interesadas las provincias del Río de la Plata y del Perú, como ese Reino de Chile, pues concurren las extremidades de los tres gobiernos en el territorio indefenso del Paposo, (...) San Lorenzo, octubre 1.° de 1803.[5]

Sin embargo, en la Memoria que el virrey del Perú José Fernando de Abascal entregó a su sucesor Joaquín de la Pezuela en 1816 dice textualmente:

El Virreynato del Perú después de las últimas desmembraciones y nuevas agregaciones que se le han hecho tiene por límites al norte la provincia de Guayaquil; el desierto de Atacama al sur, comprendiendo en todo su territorio desde los 32 minutos al norte de la equinoccial hasta los 25° 10’ de latitud meridional[6]

El 13 de julio de 1810, el virrey del Perú Abascal, mediante un decreto, creó el Ejército del Alto Perú y proclamó la reincorporación del territorio de la Audiencia de Charcas al virreinato del Perú, hasta el final de la guerra. Poco después, también reincorporó al virreinato la Capitanía General de Chile y el territorio de la Audiencia de Quito.

La Constitución de Cádiz de 1812 transformó a las colonias americanas en provincias del reino, por lo que se ordenó crear en el Perú la Diputación Provincial, que fue presidida por el virrey como Jefe Político Superior, la cual se estableció al año siguiente. Un decreto posterior de 1812, creó diputaciones provinciales para Charcas, Quito y el Cusco, mientras que la de Chile no pudo establecerse por la revolución. En 1814 el rey Fernando VII abrogó la Constitución de 1812 restaurando el virreinato y suprimiendo las diputaciones provinciales.

Entre 1819 y 1821, Jaén de Bracamoros estuvo incorporada a la Audiencia de Quito en el Virreinato de Nueva Granada. Previamente lo había estado entre 1563 y 1567.

Reales Audiencias

Reales Audiencias del Virreinato del Perú cerca al año 1650.

En el virreinato se establecieron ocho extensas Reales Audiencias, que fueron los máximos tribunales dentro del mismo. Estas audiencias fueron las siguientes:

Los corregimientos

Los corregimientos fueron divisiones administrativas y territoriales de la corona española. En 1569 el gobernador, capitán general y presidente de la Real Audiencia de Lima (no era virrey) Lope García de Castro, cumpliendo la Real Ordenanza del 27 de junio de 1565, creó los corregimientos de indios, existiendo ya los corregimientos de españoles, los cuales eran en ese momento:

  • San Miguel de Piura
  • Cajamarca
  • Saña
  • Chiclayo
  • Ica
  • Huamanga
  • Cuzco
  • Andes del Cuzco
  • Collaguas
  • Arequipa

El virrey Francisco de Toledo el 22 de diciembre de 1574 reorganizó los corregimientos de indios (o de naturales), fijando su número en 71, subdivididos en 614 repartimientos (encomiendas) y 712 doctrinas, todos los cuales eran sufragáneos de la ciudad de Lima y de 10 corregimientos de españoles:[7]

  • Jurisdicción de la Real Audiencia de Lima:
  • Ciudad de Lima o de los Reyes, bajo su jurisdicción estaban:
    • Huarochirí
    • Huaylas
    • Ica
    • Jauja
    • Arnedo
    • Cajatambo
    • Canta
    • Yauyos
  • Corregimiento de Arequipa, bajo su jurisdicción estaban:
    • Arica
    • Camaná
    • Characato y Vitor
    • Collaguas
    • Condesuyos de Arequipa
    • Carumas y Ubinas
  • Corregimiento de Chachapoyas, bajo su jurisdicción estaban:
    • Cajamarquilla
    • Los Pacllas
    • Luya y Chillaos
  • Corregimiento de Huamanga, bajo su jurisdicción estaban:
    • Angaraes y Chocorbos
    • Azángaro
    • Castrovirreyna
    • Lucanas, Soros y Andamarcas
    • Hananchilques
  • Corregimiento de Huánuco, bajo su jurisdicción estaban:
    • Conchucos
    • Huamalíes
    • Tarma y Chinchaicocha
  • Corregimiento de Trujillo, bajo su jurisdicción estaban:
    • Cajamarca
    • Chicama y Chimo o Cliclayo
    • Piura y Paita
    • Santa
    • Saña
  • Corregimiento del Cuzco, bajo su jurisdicción estaban:
    • Abancay
    • Andahuaylas
    • Los Andes
    • Aymaraes
    • Collasuyo del Collao
    • Urcosuyo en el Collao
    • Yucay
    • Canas y Canchis
    • Carabaya
    • Chilques y Masques
    • Condesuyo y Chumbivilcas
    • Cotabambas
    • Parinacochas
    • Andahuaylillas
    • Gobernación de Vilcabamba
  • Jurisdicción de la Real Audiencia de Charcas
  • Corregimiento de La Paz, bajo su jurisdicción estaban:
    • Chucuito
    • Yungas y Larecaja
    • Llacja de Omasuyos
    • Pacajes
    • Paucarcolla
    • Caracollo
  • Jurisdicción de la Real Audiencia de Quito
  • Corregimiento de Loja y Zamora, bajo su jurisdicción estaban:
    • Cuenca
    • Jaén
    • Gobernación de Yaguarsongo

Los corregimientos fueron gobernados por un alto funcionario nombrado por el Consejo de Indias, denominado corregidor, aunque los corregidores de indios en general eran nombrados por el virrey. Los corregimientos tenían facultades políticas (conservaban el orden y la buena marcha del corregimiento), administrativas (cobraban el tributo de los habitantes que vivían en la jurisdicción) y judiciales (hacían cumplir las leyes y resolvían los pleitos surgidos entre los indígenas).

Entre sus múltiples obligaciones se encontraba el recorrido por las provincias de su corregimiento, pero sin detenerse en cada una de ellas más de 15 días; la vigilancia de la recaudación de tributos, la conservación y reparación de caminos y tambos ubicados a lo largo de los principales caminos dentro de su corregimiento, etc. Sin embargo, en la realidad los corregidores adoptaron una conducta muy diferente a la de corregir muchos abusos, llegando a ser, por el contrario, los funcionarios más crueles y explotadores del habitante andino, sobrepasando a los anteriores encomenderos (cobranzas de tributos excesivos, trabajo forzado en las mitas, paga de reducidísimo salario, etc.). Justamente, fue la conducta cada día más arbitraria y prepotente de estos malos funcionarios, una de las causas de la revolución de Túpac Amaru II (José Gabriel Condorcanqui) de 1780.

Los corregidores de españoles de los cuales eran sufragáneos los corregidores de indios, ejercían la vigilancia sobre éstos y actuaban en grado de apelación de sus sentencias.

En 1588 el rey determinó que los corregidores sean nombrados por el virrey, reservándose el nombramiento de los de: Arequipa, Cuzco, Chucuito, Huamanga, Huancavelica, La Paz y Trujillo, los cuales serían propuestos en terna por el virrey. Una Real Cédula de 1678 reservó a la Corona el nombramiento de los corregidores.

Evoluciones

Posteriormente ocurrieron modificaciones en la lista de los corregimientos:

  • En 1576 Cañete fue separado de Ica y de Lima
  • En 1578 Chucuito pasó a ser una gobernación
  • En 1581 se creó el corregimiento de Huancavelica separado del de Huamanga, perdurando hasta 1585
  • En 1591 El Cercado de Lima fue separado de Lima y de Cañete
  • En 1601 la Gobernación de Huancavelica fue separada definitivamente del corregimiento de Huamanga
  • En 1611 Los Pacllas fue anexado a Chachapoyas
  • En 1612 San Felipe de Austria de Oruro fue separado de Paria
  • En 1612 Angaraes y Chocorbos fue repartido entre Huancavelica y Castrovirreyna respectivamente, subsistiendo Angaraes como corregimiento a cargo del gobernador de Huancavelica
  • En 1614 el Señorío de Santiago de Oropesa fue separado de Yucay
  • En 1623 la Gobernación de Yaguarsongo fue repartida entre Loja y Zamora, y Jaén de Bracamoros
  • Desde 1631 Collaguas pasó a tener un gobernador
  • En 1635 Chicamo o Cliclayo fue anexado a Saña
  • En 1636 Characato y Vítor fue anexado a Arequipa
  • Atacama y Lípez fueron separados
  • En 1684 Vilcabamba fue anexado a Calca y Lares
  • En 1759 Huamachuco fue separado de Cajamarca
  • En 1765 Chiloé pasó desde la jurisdicción de Chile
  • En 1768 Tarapacá se separó de Arica
  • Una Real Cédula del 15 de septiembre de 1772 dispuso que las Misiones de Chiquitos y las de Moxos quedasen a cargo de corregidores
  • En 1773 Luya, Chillaos y Lamas fue anexado a Chachapoyas
  • Con las misiones de Apolobamba se creó un corregimiento que en 1773 fue anexado a Larecaja
  • El de Pomabamba fue separado de Tomina y reanexado en 1773
  • En 1773 la ciudad de La Plata fue separada de Potosí y unida a Yamparáez
  • Pilaya y Paspaya fue separado de Tarija y Chichas
  • Dentro de la Gobernación de Tucumán existió desde 1596 a 1624 el corregimiento de Humahuaca, Casabindo y Cochinoca

Cambios de nombres

  • Arnedo /Chancay
  • Collaguas /Cabanaconde /Cayllomas
  • Carumas y Ubinas /Moquegua / Colesuyo
  • Cajamarquilla /Pataz
  • Azángaro /Huanta
  • Hananchilques /Vilcas Huamán
  • Los Andes /Paucartambo
  • Azángaro y Asillo /Collasuyo
  • Cabana y Cabanilla /Urcosuyo /Lampa
  • Yucay /Calca y Lares /Urubamba
  • Canas y Canches /Tinta
  • Chilques y Masques /Paruro
  • Cotabambas /Omasayos
  • Andahuaylillas /Quispicanchi
  • Paucarcolla /Puno

Eran de provisión real, es decir que sus corregidores eran nombrados directamente por el rey, los corregimientos de: Cuzco, Arequipa, Piura-Paita, Los Andes, Arica, Saña, Cajamarca (desde 1642), Huancavelica (hasta 1604), Huamanga, Trujillo, Ica (desde 1604), Collaguas, Castrovirreyna (desde 1623), Charcas-Potosí, Loja, Carabaya, Cuenca, Tarma, La Paz, Quito, Paucarcollo, Huaylas, Cochabamba, Chachapoyas, Quixos, Porco.[8]

Corregimientos hacia 1784

Al tiempo de la creación de las intendencias en 1784, ya reducido el territorio del virreinato con la creación de los virreinatos de Nueva Granada y del Río de la Plata, la jurisdicción de la Audiencia de Lima abarcaba los corregimientos siguientes:[9] [10]

  • Ciudad de Lima, bajo su jurisdicción estaban los corregimientos de: Gobierno de Huarochirí (creado en 1783), Huaylas, Ica, Jauja, Chancay, Cajatambo, Canta, Yauyos, Cercado, Cañete, Conchucos, Huamalíes, Tarma, Santa, Huánuco. Existía además el Gobierno del Callao con un gobernador nombrado por el rey.
  • Corregimiento de Trujillo, bajo su jurisdicción estaban los corregimientos de: Cajamarca, Piura, Saña o Lambayeque, Chachapoyas, Cajamarquilla o Pataz, Huamachuco.
  • Corregimiento de Arequipa, bajo su jurisdicción estaban los corregimientos de: Arica, Camaná, Collaguas o Cailloma, Condesuyos de Arequipa, Moquegua, Tarapacá, Chiloé.
  • Corregimiento de Huamanga, bajo su jurisdicción estaban los corregimientos de: Angaraes (a cargo de un teniente del gobernador de Huancavelica), Huanta, Castrovirreyna, Lucanas, Vilcas Huamán o Cangallo, Gobierno de Huancavelica, Andahuaylas, Parinacochas.
  • Corregimiento del Cuzco, bajo su jurisdicción estaban los corregimientos de: Abancay, Paucartambo, Aymaraes, Calca y Lares, Canas y Canchis o Tinta, Chilques y Masques o Paruro, Chumbivilcas, Cotabamba, Quispicanchis, Vilcabamba, Urubamba o Marquesado de Oropesa.

Las intendencias

Los corregimiento fueron suprimidos en 1784, por Carlos III, como consecuencia de la revolución de Túpac Amaru II y reemplazados por las Intendencias.

Como parte de las reformas borbónicas se crean las intendencias de: Arequipa, Cuzco, Huamanga, Huancavelica, Lima, Tarma, Trujillo en el Perú y Chiloé al sur de Chile que fue convertida en Gobierno de Chiloé en 1789. En 1796 le fue agregada la Puno, separada del Virreinato del Río de la Plata. También existían los gobiernos militares de Huarochiri y del Callao y la Comandancia General de Maynas.

Las siete intendencias originales del virreinato peruano se dividieron en 55 partidos, los cuales comprendían 483 doctrinas o parroquias y 977 anexos. La distribución por intendencia era la siguiente: Lima 9 partidos, Trujillo 7, Arequipa 8, Tarma 9, Huancavelica 4, Huamanga 7 y Cuzco 11.[11]

Organización territorial del Virreinato del Perú desde 1785

Los subdelegados partidarios asumieron en 1785, los partidos en ese año y los posteriormente creados era los siguientes:[12] [13]

  • Intendencia de Lima, estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Cercado de Lima, Ica, Cañete, Chancay, Santa, Canta, Yauyos.
  • Intendencia del Cuzco, estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Cercado del Cuzco, Abancay, Aymaraes, Calca y Lares (desde 1818 llamado Calca), Cotabambas, Chumbivilcas, Paucartambo, Quispicanchis, Tinta, Urubamba y Vilcabamba, Chilques y Masques (desde 1819 llamado Paruro).
  • Intendencia de Arequipa, estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Cercado de Arequipa, Arica, Moquegua, Camaná, Collaguas o Caylloma, Condesuyos de Arequipa, Tarapacá, Iquique-Pisagua (separado de Tarapacá).
  • Intendencia de Huamanga, estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Cercado de Huamanga, Huanta, Andahuaylas, Lucanas, Parinacochas, Anco, Vilcas Huamán o Cangallo.
  • Intendencia de Huancavelica, estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Cercado de Huancavelica, Castrovirreyna, Angaraes, Tayacaja.
  • Intendencia de Trujillo, estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Cercado de Trujillo, Piura, Cajamarca, Chachapoyas, Saña o Lambayeque, Cajamarquilla o Pataz, Huamachuco, Huambos o Chota (creado en 1787).
  • Intendencia de Tarma, estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Tarma, Huánuco, Huaylas, Jauja, Cajatambo, Conchucos, Huamalíes, Panataguas (creado en 1793), Chavín de Pariaca (creado posiblemente en 1809).
  • Intendencia de Puno (incorporada al virreinato en 1796), estaba subdividida en los partidos o subdelegaciones de: Huancané, Chucuito, Lampa, Azángaro, Carabaya.
  • Gobierno de Quijos, dependiente de la Comandancia General de Maynas
  • Gobierno de Huarochirí
  • Gobierno del Callao

En 1798 el rey ordenó que la Capitanía General de Chile sea independiente del Virreinato del Perú.

Las diputaciones provinciales

La Constitución de Cádiz sancionada en marzo de 1812 transformó el virreinato en una provincia gobernada por un jefe político superior, mencionando que el territorio español era: En la América meridional, la Nueva Granada, Venezuela, el Perú, Chile, provincias del Río de la Plata, y todas las islas adyacentes en el mar Pacífico y en el Atlántico.. En el artículo 11 señalaba que: Se hará una división más conveniente del territorio español por una ley constitucional, luego que las circunstancias políticas de la Nación lo permitan.

Otros artículos establecían:

Art. 324. El gobierno político de las provincias residirá en el jefe superior, nombrado por el Rey en cada una de ellas.

Art. 325. En cada provincia. habrá una diputación llamada provincial, para promover su prosperidad, presidida por el jefe superior.

Art. 326. Se compondrá esta diputación del presidente, del intendente y de siete individuos elegidos en la forma que se dirá, sin perjuicio de que las Cortes en lo sucesivo varíen este número como lo crean conveniente, o lo exijan las circunstancias, hecha que sea la nueva división de provincias de que trata el artículo 11.

El 23 de mayo de 1812 las Cortes sancionaron Instrucción conforme á la cual deberán celebrarse en las provincias de ultramar las elecciones de diputados de Cortes para las ordinarias del próximo año, que en su primer artículo expresaba:

Artículo 1.º Se formará una Junta preparatoria para facilitar la elección de los Diputados de Cortes para las ordinarias del año próximo de 1813 en las capitales siguientes: (...) Santa Fe de Bogotá, capital de la Nueva Granada; Caracas, capital de Venezuela; Lima, capital del Perú; Santiago, capital de Chile; Buenos Aires, capital de las provincias del Río de la Plata, (...)

Otro decreto expresaba:

Artículo 1.º Mientras no llegue el caso de hacerse la conveniente división del territorio español, de que trata el artículo 11, habrá Diputaciones provinciales en (...) Y en Ultramar las habrá en cada una de las provincias que expresamente se nombran en el artículo 10 de la Constitución, y además por ahora en (...) y en la América Meridional, en el Perú la de Cuzco, en Buenos-Ayres la de Charcas, y en Nueva-Granada la de Quito (...)

La constitución fue promulgada y jurada en el Perú a principios de octubre de 1812 por el virrey Abascal. Mediante un decreto del 1 de mayo de 1813 fue creada la Provincia del Cuzco, con su diputación provincial y jefe político superior, separando de la de Lima las intendencias del Cuzco y de Puno.[14] Fue constituida a fines de septiembre de 1813, pero el 3 de agosto de 1814 tuvo lugar la Rebelión del Cuzco, finalizando sus sesiones.

En Ultramar habrá una diputación provincial por cada división nombrada en el artículo 10. Además habrá una en Cuzco del Perú; una en Charcas, de la provincia de Buenos Aires; una en Quito, del Nuevo Reino de Granada; una en San Luis Potosí en la Nueva España, y una en León de Nicaragua, en la provincia de Guatemala.

El 4 de mayo de 1814 el rey Fernando VII declaró nula la Constitución de Cádiz y se restableció el Virreinato del Perú, disolviendo las diputaciones provinciales. La de Lima funcionó entre abril de 1813 y octubre de 1814. En Charcas, que estaba bajo control de Abascal, se reunió la junta preparatoria, pero no llegó a constituirse la diputación provincial.

Organización eclesiástica

Hasta el 12 de febrero de 1546, las diócesis de Panamá (erigida en 1513 como Santa María la Antigua del Darién, trasladada a Panamá en 1520), Quito (erigida en 1546), Cuzco, León en Nicaragua y Lima eran sufragáneas de la Arquidiócesis de Sevilla. A partir de esa fecha pasaron a serlo de la Arquidiócesis de Lima (creada ese día).[15]

En 1564 fue creada la Arquidiócesis de Santa Fe de Bogotá (erigida como obispado en 1562), por lo que pasó a ser una de sus sufragáneas la diócesis de Popayán (erigida en 1546), hasta entonces sufragánea de Lima.

En 1609 fue erigida la Arquidiócesis de Charcas (erigida como obispado en 1552) por lo que pasaron a ser sus sufragáneas las diócesis de La Paz (erigida en 1605), Santa Cruz de la Sierra (erigida en 1605), Tucumán (erigida en 1570) y Río de la Plata (erigida en 1547), hasta entonces sufragáneas de Lima.

En 1647 pasó a ser sufragánea de la Arquidiócesis de México la Diócesis de León en Nicaragua (o Nicaragua y Costa Rica), erigida el 26 de febrero de 1531.

Quedaron como sufragáneas de la Arquidiócesis de Lima (erigida en 1541 como obispado) las diócesis de:

  • Diócesis del Cuzco (erigida en 1536)
  • Diócesis de Arequipa (erigida en 1577)
  • Diócesis de Trujillo (erigida en 1577)
  • Diócesis de Ayacucho/ Huamanga (erigida en 1609)
  • Diócesis de Maynas (erigida en 1803)

En el Virreinato de Nueva Granada fueron sufragáneas las diócesis de:

En la Capitanía General de Chile fueron sufragáneas las diócesis de:

Referencias

  1. Canal Social
  2. [Historia jeneral de Chile. pág. 165 - 166. Autores: Diego Barros Arana, Vicuña Mackenna Carlos Tomás. Publicado por R. Jover, 1886]
  3. Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (2007). «Exposición: El Perú y Oceanía. 9. La Isla de Pascua o San Carlos». Consultado el 06 Jun 2007.
  4. Tahití hubiera podido ser española
  5. [Los tratados de Chile. pág. 251 - 252. Autor Javier Vial Solar. Publicado por Impr., litografía y encuadernación Barcelona, 1903]
  6. [La cuestión del Pacífico. pág. 6. Autores: Victor Manuel Maurtua, Javier Prado y Ugarteche]
  7. [El corregidor de indios en el Perú bajo los Austrias, autor: Guillermo Lohmann Villena]
  8. Geocities
  9. Diccionario histórico-biográfico del Perú. Tomo segundo - Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes
  10. Miguel LUQUE TALAVÁN (1999). Revista Complutense de Historia de América. [1]. 
  11. Retazos de la Historia de Moquegua, Edición de 1982, página 67, Luis E. Kuong Cabello
  12. Cervantes Virtual
  13. [Colección de los tratados, Convenciones Capitulaciones, armisticios, y otros actos diplomáticos y políticos celebrados desde la independencia hasta el día, precedida de una introducciín que comprende la época colonial. Autor Ricardo Aranda, Ministerio de Relaciones Exteriores. Publicado por Imprenta del estado, 1890]
  14. La diputación provincial y el federalismo mexicano. Pág. 27. Auotes: Nettie Lee Benson, Colegio de México. Centro de Estudios Históricos, Universidad Nacional Autónoma de México. Edición 2. Editor: UNAM, 1994. ISBN 9681205863, 9789681205867
  15. Chronology of Erections of Catholic Dioceses and Other Territorial Jurisdictions
  16. Revista Digital Consenso :: Número 5 de 2007

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